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Documento DOUE-L-1994-81189

Reglamento (CE) nº 1881/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, que modifica el Reglamento (CEE) nº 2072/92 por el que se fija el precio indicativo de la leche y los precios de intervención de la mantequilla, la leche desnatada en polvo y los quesos grana padano y parmigiano reggiano para los dos períodos comprendidos entre el 1 de julio de 1993 y el 30 de junio de 1995.

Publicado en:
«DOCE» núm. 197, de 30 de julio de 1994, páginas 23 a 23 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1994-81189

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LA UNION EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Considerando que la situación del mercado de la leche y los productos lácteos sigue siendo precaria; que el descenso continuo del consumo de mantequilla en la Comunidad crea dificultades permanentes en el mercado de este producto; que el incremento constante del contenido en materias grasas de la leche contribuye a un agravamiento todavía mayor de la situación; que es conveniente reducir aún más el precio de intervención de la mantequilla

mediante una disminución adicional del 1 %, a fin de mejorar la posición competitiva de la mantequilla y de las materias grasas lácteas, estimular su consumo e invertir la tendencia al alza del contenido en materias grasas de la leche; que, por lo tanto, debe fijarse en consecuencia el precio indicativo de la leche y adaptar el Reglamento (CEE) no 2072/92 (3);

Considerando que el Reglamento (CE) no 1880/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994, que modifica el Reglamento (CEE) no 804/68 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (4), suprime el régimen de compras de intervención para los quesos grana padano y parmigiano reggiano; que, por lo tanto, procede derogar el precio de intervención para dichos quesos,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El texto del punto 2 del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 2072/92 se sustituye por el siguiente:

«2) Para el período comprendido entre el 1 de julio de 1994 y el 30 de junio de 1995:

TABLA OMITIDA

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Será aplicable a partir del 1 de agosto de 1994.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 27 de julio de 1994.

Por el Consejo

El Presidente

Th. WAIGEL

___________

(1) DO no C 83 de 19. 3. 1994, p. 33.

(2) DO no C 128 de 9. 5. 1994.

(3) DO no L 215 de 30. 7. 1992, p. 65. Reglamento modificado por el Reglamento (CEE) no 1561/93 (DO no L 154 de 25. 6. 1993, p. 33).

(4) Véase la página 21 del presente Diario Oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 27/07/1994
  • Fecha de publicación: 30/07/1994
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/1994
  • Aplicable desde El 1 de agosto de 1994.
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el art. 2.2 del Reglamento 2072/92, de 30 de junio (Ref. DOUE-L-1992-81296).
Materias
  • Leche
  • Mantequilla
  • Precios
  • Productos lácteos
  • Queso

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