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Documento DOUE-L-1990-82043

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3393/89 del Consejo, de 16 de octubre de 1989, por el que se suspenden temporalmente los derechos autónomos del arancel aduanero común sobre un determinado número de productos industriales (microelectrónica y sectores conexos).

Publicado en:
«DOCE» núm. 40, de 14 de febrero de 1990, páginas 18 a 18 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1990-82043

TEXTO ORIGINAL

En la página 5, Anexo II, octavo producto,

en lugar de: « 48 x 89 mm »,

léase: « 43 x 59 mm ».

En la página 14, Anexo II, tercer producto,

en lugar de: « TC65516AFL »,

léase: « TC5516AFL ».

En la página 36, Anexo II, quinto producto,

en lugar de: « 17 x 62 mm »,

léase: « 17 x 63 mm ».

En la página 46, Anexo II, tercer producto,

en lugar de: «... (SLIC), con mando directo interno por relés a alta tensión no inferior a 200 V, en forma de ...»,

léase: «... (SLIC), que pueda resistir una tensión de 200 V o más, con mando directo interno por relés, en forma de ...».

En la página 64, Anexo II, duodécimo producto, columna « código NC »,

en lugar de: « ex 9013 80 00 »,

léase: « ex 9021 30 90 ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/02/1990
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3393/89, de 16 de octubre (Ref. DOUE-L-1989-81248).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Electrónica
  • Importaciones

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