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Documento DOUE-L-1989-81895

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 3668/89 de la Comisión, de 7 de diciembre de 1989, relativo al restablecimiento de la percepción de los derechos de aduana aplicables a las tuercas de hierro o de acero, de los códigos NC 7318 16 30, 7318 16 91 y 7318 19 99, originarias de Singapur , beneficiario de las preferencias arancelarias previstas por el Reglamento (CEE) núm. 4257/88 del Consejo.

Publicado en:
«DOCE» núm. 380, de 29 de diciembre de 1989, páginas 68 a 68 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1989-81895

TEXTO ORIGINAL

Página 20, artículo 1, en el cuadro,

se suprimen las líneas siguientes:

« 7318 16 10

- - - Fabricadas por torneado "a la barra" de un diámetro de agujero no superior a 6 mm

- - - Las demás »,

« 7318 16 50

- - - - - De seguridad ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 29/12/1989
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3668/89, de 7 de diciembre (Ref. DOUE-L-1989-81342).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Importaciones
  • Productos siderúrgicos
  • Singapur

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