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Documento DOUE-L-1989-81874

Rectificación al Reglamento (CEE) núm. 3174/89 del Consejo, de 16 de octubre de 1989, por el que se suspenden temporalmente los derechos autónomos del arancel aduanero común para un determinado número de productos agrícolas.

Publicado en:
«DOCE» núm. 329, de 15 de noviembre de 1989, páginas 43 a 43 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1989-81874

TEXTO ORIGINAL

En la página 16, Anexo, cuadro I, en la columna « Designación de la mercancía » del código NC ex 0710 21 00,

en lugar de: « Guisantes en vaina de la especie Pisum selvaticum de la variedad ... »,

léase: « Guisantes en vaina de la especie Pisum sativum de la variedad ... ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 15/11/1989
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3174/89, de 16 de octubre (Ref. DOUE-L-1989-81158).
Materias
  • Arancel Aduanero Común
  • Frutos y productos hortícolas
  • Importaciones
  • Mercancías
  • Pescado
  • Productos agrícolas

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