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EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 170/83 del Consejo, de 25 de enero de 1983, por el que se constituye un régimen comunitario de conservación y de gestión de los recursos de la pesca(1), modificado por el Acta de adhesión de España y de Portugal, y, en particular, su artículo 11,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que el Reglamento (CEE) no 4198/88(2), modificado por el Reglamento (CEE) no 297/89(3), distri-buye las cuotas de capturas entre los Estados miembros para los buques que faenen en aguas de Suecia para el año 1989 ;
Considerando que la Comunidad y el Reino de Suecia han mantenido consultas posteriores relativas a una cuota de capturas suplementarias de arenque para los buques de la Comunidad en la zona de pesca de Suecia en 1989 ;
Considerando que, en virtud del artículo 3 del Reglamento (CEE) no 170/83, corresponde a la Comunidad establecer las condiciones en que dicha cuota de capturas suplementa-rias podrá ser utilizada por los pescadores de la Comuni-dad ;
Considerando que, para asegurar una gestión eficaz de las posibilidades de captura disponibles, es conveniente distri-buirlas entre los Estados miembros por medio de cuotas, de conformidad con el artículo 4 del mismo Reglamento,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Artículo 1
Las cifras relativas al arenque en la zona CIEM III d del Anexo del Reglamento (CEE) no 4198/88, modificado por el Reglamento (CEE) no 297/89, se sustituyen por las que figuran en el Anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Ofical de las Comunidades Euro-peas.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 1989.
Por el ConsejoEl PresidenteJ. MELLICK
(1)DO no L 24 de 27. 1. 1983, p. 1.
(2)DO no L 369 de 31. 12. 1988, p. 54.
(3)DO no L 33 de 4. 2. 1989, p. 40.
ANEXO
Cantidades contempladas en el artículo 1 para 198
(en toneladas)
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Especies |División CIEM |Cuotas |Asignación
|(1) | |
----------------------------------------------------------------------------
Arenque |III d |6 500 |Dinamarca 3 715
| | |RF de Alemania 2 785
----------------------------------------------------------------------------
(1) Con excepción de la zona definida por:
- las líneas rectas que unen las coordenadas siguientes:
Ver Tabla 2.
A partir de la coordenada mencionada en último lugar, la línea de
delimitación sigue la línea fronteriza de las aguas territoriales suecas
hasta la coordenada siguiente:
Ver Tabla 3.
- las líneas rectas que parten de la coordenada mencionada en último lugar y
que pasan por las coordenadas siguientes:
Ver Tabla 4.
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