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Documento DOUE-L-1988-81831

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 4093/87 del Consejo, de 22 de diciembre de 1987, relativo a la apertura, reparto y modo de gestión de un contingente arancelario comunitario relativo a determinados productos hechos a mano (1988).

Publicado en:
«DOCE» núm. 46, de 19 de febrero de 1988, páginas 44 a 44 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-81831

TEXTO ORIGINAL

Páginas 9 y 12, Anexo I:

1. Las indicaciones relativas a los números del código NC y las que figuran frente a las mismas serán sustituidas por las siguientes:

« ex 6302 31 10 Mezclada con lino:

- (2)

ex 6302 31 90 Las demás:

- (2)

ex 6302 51 10 Mezclada con lino:

- (2)

ex 6302 51 90 Las demás:

- (2)

ex 6302 91 10 Mezclada con lino:

- (2)

ex 6302 91 90 Las demás:

- (2)

ex 9502 Muñecas que representen solamente seres humanos:

ex 9502 10 10 De plástico:

- Muñecas decorativas vestidas de forma folclórica característica del país de origen

ex 9502 10 90 De otras materias:

- Muñecas decorativas vestidas de forma folclórica característica del país de origen ».

2. Después del nº de código NC 9503 49 10, se insertará el nº de código siguiente:

« ex 9503 50 00 Instrumentos y apartados de música, de juguete:

- De madera ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 19/02/1988
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 4093/87, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1987-81767).
Materias
  • Artículos de viaje
  • Calzado
  • Contingentes arancelarios
  • Electricidad
  • Juguetes
  • Minerales
  • Papel
  • Productos textiles
  • Vestido

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