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Documento DOUE-L-1988-80880

Reglamento (CEE) nº 2320/88 de la Comisión, de 26 de julio de 1988, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 4028/86 del Consejo en lo que respecta a las acciones de prospección de mercados.

Publicado en:
«DOCE» núm. 202, de 27 de julio de 1988, páginas 1 a 15 (15 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-80880

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) No 4028/86 del Consejo, de 18 de diciembre de 1986, relativo a acciones comunitarias para la mejora y la adaptación de las estructuras del sector pesquero y de la acuicultura (1) y, en particular, el apartado 1 de su su artículo 29, el apartado 3 de su artículo 30 y el apartado 2 de su artículo 31,

Considerando que es conveniente definir las acciones destinadas a fomentar el consumo de los productos de la pesca procedentes de especies excedentarias o poco explotadas y que se tomarán en consideración para la concesión de una ayuda financiera comunitaria;

Considerando que es preciso definir la naturaleza de los gastos de las acciones que deben tormarse en consideración para la concesión de una ayuda;

Considerando que los proyectos que puedan ser objeto de una ayuda financiera comunitaria deberán contener los datos que permitan a la Comisión adoptar una decisión sobre tales proyectos y que éstos deben presentarse en forma armonizada;

Considerando que las solicitudes de pago que los Estados miembros presenten a la Comisión deberán incluir determinados datos que permitan comprobar que los gastos se ajustan a las disposiciones del Reglamento (CEE) No 4028/86;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité permanente de estructuras de la pesca,

(2) DO No L 376 de 31. 12. 1986, p. 7.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

TITULO I Acciones subvencionables Artículo 1 1. Podrán ser objeto de una ayuda financiera comunitaria en virtud del artículo 29 del Reglamento (CEE) No 4028/86 las acciones de promoción y de investigación de nuevos mercados en la Comunidad en favor de los productos de la pesca procedentes de especies excedentarias o poco explotadas, denominadas en lo sucesivo "especies". Dichas acciones podrán consistir en:

- campañas de promoción,

- encuestas sobre el consumo,

- acciones-prueba sobre el consumo,

- la organización y participación en ferias y exposiciones,

- estudios de mercado, sondeos,

- asesoramiento sobre las ventas y ayudas a las mismas, servicios ofrecidos a mayoristas y minoristas.

Tales acciones deberán ser suficientemente importantes como para que los resultados perseguidos en materia de consumo sean significativos.

2. Las acciones contempladas en el apartado 1 deberán referirse a productos destinados al consumo humano y podrán incluir especies sujetas a restricciones cuantitativas respecto a las cuales las cantidades ofrecidas superan temporalmente las cantidades demandadas.

3. No obstante, en el marco de las decisiones contempladas en el artículo 31 del Reglamento (CEE) No 4028/86, la Comisión podrá conceder una ayuda financiera para acciones de promoción distintas de las contempladas en los apartados 1 y 2, siempre que reúnan las condiciones del artículo 29 de dicho Reglamento.

Artículo 2 1. Los proyectos que entren en el ámbito de aplicación del Reglamento (CEE) No 355/77 del Consejo, de 15 de febrero de 1977, relativo a medidas comunes de mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y de la pesca (3) quedarán excluidos de las acciones contempladas en el artículo 1.

2. Los proyectos que se beneficien de ayudas en virtud de otras acciones comunitarias quedarán excluidos de las acciones contempladas en el artículo 1.

TITULO II Determinación de los costes subvencionables Artículo 3 1. Los gastos de las acciones definidas en el artículo 1, que se tomarán en consideración para la concesión de una ayuda financiera, serán todos los gastos sin incluir los impuestos recuperables, necesarios para llevar a cabo tales acciones. No obstante, no incluirán ni las retribuciones o gastos de las personas empleadas por el organismo responsable del control a que se refiere la letra a) del apartado 2 del artículo 29 del Reglamento (CEE) No 4028/86, ni las inversiones materiales destinadas a la producción de los productos que sean objeto de tales acciones.

2. Unicamente se tomarán en consideración para una ayuda financiera los gastos que se hayan contraído después de la fecha de registro, en la Comisión, de la solicitud de ayuda.

TITULO III Procedimiento de presentación y examen de los proyectos Artículo 4 1. Los proyectos de acciones de promoción presentados a la Comisión deberán incluir los datos indicados en el Anexo I y presentarse en la forma prevista en dicho Anexo.

2. Las solicitudes contempladas en el apartado 1 deberán presentarse a la Comisión por duplicado. Los justificantes y otros documentos distintos de los impresos previstos en el Anexo I podrán presentarse en un solo ejemplar.

3. Las solicitudes contempladas en el apartado 1 se registrarán el día de su recepción por la Comisión.

Artículo 5 1. En sus decisiones de concesión de una ayuda financiera, la Comisión tendrá en cuenta:

(4) DO No L 51 de 23. 2. 1977, p. 1.

- la situación de los mercados, el carácter excedentario o la importancia de la explotación de las especies de que se trate,

- la calidad y el coste de las acciones propuestas,

- la experiencia del organismo encargado del control,

- las perspectivas de éxito de la acción.

2. La Comisión podrá estar asistida, según los casos, por organismos especializados en materia de estudios de mercado y de publicidad o por expertos que ofrezcan garantías plenas de independencia.

TUTULO IV Disposiciones financieras y generales Artículo 6 1. Podrán beneficiarse de una ayuda comunitaria los organismos públicos, semipúblicos o privados que soporten, en definitiva, la carga financiera de la ejecución del proyecto.

2. Las solicitudes de pago de la ayuda serán transmitidas a la Comisión por medio de la autoridad nacional competente, designada a tal fin por el Estado miembro. Tales solicitudes se presentarán por duplicado en la forma especificada en el Anexo II del presente Reglamento. Deberán ir acompañadas de una memoria descriptiva (intermedia o definitiva) en la que se indique la ejecución de la acción y el empleo de los fondos.

El número de pagos no podrá sobrepasar el número de tramos fijados en la decisión de ayuda.

Los pagos de la ayuda se efectuarán por medio de los organismos designados a tal fin por el Estado miembro interesado.

Artículo 7 La autoridad competente enviará a la Comisión, en un plazo de tres meses a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, la descripción detallada de los métodos de control utilizados para certificar la exactitud de la información contenida en las solicitudes de pago contempladas en el apartado 2 del artículo 6.

Artículo 8 El beneficiario efectuará una evaluación de los resultados de la acción emprendida, a más tardar, en la fecha en la que se indica la decisión de concesión de la ayuda.

Artículo 9 El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y

directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 26 de julio de 1988.

Por la Comisión António CARDOSO E CUNHA Miembro de la Comisión EWG:L202UMBS00.95 FF: 7USP; SETUP: 01; Hoehe: 1174 mm; 171 Zeilen; 7748 Zeichen;

Bediener: MARK Pr.: C;

Kunde: ................................

ANEXO I SOLICITUD DE AYUDA COMUNITARIA PARA CAMPAÑAS DE PROMOCION DEL CONSUMO DE PRODUCTOS PESQUEROS PROCEDENTES DE ESPECIES EXCEDENTARIAS O POCO EXPLOTADAS Estado miembro: .

Fecha de registro: .

(Espacio reservado para uso de la Comisión Proyecto No .............../...............) I. FICHA ADMINISTRATIVA DEL PROYECTO (Debe ser cumplimentada por el Estado miembro) Título del proyecto de promoción:

El Estado miembro, representado por (1) (1) Indíquese la administración competente.

EWG:L202UMBS01.96 FF: 7USP; SETUP: 01; Hoehe: 287 mm; 12 Zeilen; 574 Zeichen;

Bediener: MARK Pr.: C;

Kunde: 42184 Montan Spanien 01 Confirma que:

1.

Ha emitido un dictamen favorable sobre el proyecto.

2.

Dicho proyecto ha sido propuesto por un organismo público, semipúblico o privado representativo del sector pesquero en uno o varios Estados miembros:

Nombre del organismo .

3.

El proyecto se refiere a medidas colectivas, que no están orientadas en función de marcas comerciales y que no hacen referencia a un país o a una región de producción.

4.

El beneficiario posee la capacidad profesional suficiente para la gestión del citado proyecto.

5.

La participación financiera nacional en la realización del proyecto será concedida por las siguientes autoridades:

- centrales;

- regionales/locales.

La participación nacional consistirá en:

- una subvención en capital de .................................................. (en moneda nacional) - una bonificación de interés o un préstamo con un tipo de interés privilegiado concedidos por:

en las siguientes condiciones (según el tipo de ayuda, confírmese el tipo de interés privilegiado y la duración del préstamo y/o la duración del préstamo así como el tipo y la duración de la bonificación, y/o la duración de un posible aplazamiento de la amortización):

N° Importe bonifica- do del préstamo Tipo privilegia- do del préstamo

Duración del préstamo Tipo de bonificación Duración de la bonificación Duración del aplazamiento .

Otros tipos de ayudas (especifíquense): .

Importe equivalente (en moneda nacional): ..............................................................................

6.

La autoridad pública o el organismo encargado de remitir los justificantes es el siguiente:

Para consultas dirigirse a: Telefono:

Para consultas dirigirse a:

Teléfono:

Persona responsable:

Télex:

7.

El régimen del IVA aplicable al presente proyecto es el siguiente:

- IVA totalmente recuperable:

SI NO - IVA parcialmente recuperable:

SI NO - IVA no recuperable:

SI NO - Exención del IVA:

SINO Observaciones: .

Fecha: ..................................................

Firma: .

Sello de la administración EWG:L202UMBS02.95 FF: 7USP; SETUP: 01; Hoehe: 519 mm; 124 Zeilen; 2230 Zeichen;

Bediener: HELM Pr.: A;

Kunde: L 202 SP 02 Estado miembro: .

Fecha de registro: .

Título del proyecto:

(Espacio reservado para uso de la Comisión) Proyecto No .............../...............

II. SOLICITUD DE AYUDA PARTE A (Debe ser cumplimentada por el beneficiario) 1. . Beneficiario:

1.1. Nombre o razón social del organismo o de la sociedad que propone el proyecto: .

1.2. Calle y número o apartado de correos: .

1.3. Código postal y población: .

1.4. Teléfono: .

1.5. Télex: .

1.6. Actividad principal del beneficiario: .

1.7. Forma jurídica: .

1.8. Fecha de constitución (únicamente para las sociedades): .

2. . Banco del beneficiario u organismo a través del que se efectuarán los pagos:

2.1. Nombre o razón social: .

Agencia o sucursal: .

2.2. Calle y número o apartado de correos: .

2.3. Código postal y población: .

2.4. Número de cuenta del beneficiario en dicho organismo (1): .

3. . Datos generales:

3.1. Fecha prevista para la realización del proyecto (2): .

3.2. Duración prevista del proyecto: .

3.3. ¿Ha recibido el beneficiario del presente proyecto otras ayudas comunitarias? ¿Qué tipo de ayudas? (3): .

(4) Si en el proyecto participan varios beneficiarios, indíquese un número de cuenta abierta a su nombre o a nombre de cualquiera de los beneficiarios con la debida autorización de los demás.

(5) La fecha de recepción del proyecto por la Comisión, que figura en el acuse de recibo que se remitirá al beneficiario, constituye la fecha de referencia para la admisibilidad del proyecto. La puesta en marcha del proyecto sólo podrá concederse después de esta fecha.

(6) - ¿En virtud del Título IX (Prospección de mercados) del Reglamento (CEE) No 4028/86? - ¿Dentro de otra campaña de promoción llevada a cabo por la Comunidad? - ¿A cargo de otro fondo o fuente de financiación comunitarios? EWG:L202UMBS03.97 FF: 7USP; SETUP: 01; Hoehe: 550 mm; 54 Zeilen; 1943 Zeichen;

Bediener: FRST Pr.: C;

Kunde: 42184 Montan Spanien 03 FINANCIACION DEL PROYECTO Coste total de la medida sin IVA, si éste es recuperable:.

Empréstito con un tipo de interés bonificado Coste para el que se solicita la ayuda:

Participación del Estado miembro:

en capital:

Empréstito con un tipo de interés bonificado (Equivalente de subvención en capital):

Ayuda comunitaria solicitada:

Aportación del beneficiario:

- Fondos propios .

- Empréstitos:

- Prestaciones en especie y trabajos por cuenta propia:

Otras participaciones:

El (los) abajo firmante(s) declara(n) que dispone(n) de los fondos necesarios para garantizar su participación financiera personal en el proyecto.

El (los) abajo firmante(s) autoriza(n) a la Comisión para que utilice con fines estadísticos los datos que figuran en el proyecto.

Fecha:

Fecha:.

Firma del beneficiario o beneficiarios:

EWG:L202UMBS04.96 FF: 7USP; SETUP: 01; Hoehe: 253 mm; 42 Zeilen; 914 Zeichen;

Bediener: MARK Pr.: B;

Kunde: 42184 l202umbs04 PARTE B Nota explicativa para la descripción general del proyecto (muy importante) El examen de cada proyecto por parte de los servicios de la Comisión se efectuará mediante el análisis de los siguientes elementos, que deberán adjuntarse a la solicitud de ayuda.

No se admitirán las solicitudes de ayuda financiera incompletas (por

ejemplo, sin memoria descriptiva y/o sin Anexos).

a) La Parte A del Anexo deberá estar correctamente cumplimentada.

b) Deberá facilitarse una memoria descriptiva del proyecto que permita evaluarlo correctamente (7). Dicha memoria incluirá, como mínimo:

- una introducción al problema;

- una definición clara de los objetivos (diagnósticos, finalidad que se persigue, estrategia adoptada, etc.);

- el método o métodos propuestos, los medios de comunicación elegidos, los resultados esperados, las ofertas presentadas;

- el calendario previsto para la realización del proyecto;

- en el presupuesto que se presente, acompañado de, al menos, tres ofertas, se desglosarán anualmente los diversos costes. Estos se detallarán y justificarán debidamente aportando presupuestos, honorarios y/o, en su defecto, una estimación justificada de los costes.

Los presupuestos y otros justificantes deberán adjuntarse al proyecto. El presupuesto deberá incluir el coste de la evaluación de los resultados del proyecto previsto.

c) Información de tal naturaleza que permita a la Comisión garantizar profesional y financieramente las ofertas presentadas por el contratista de la obra, así como su experiencia y especialización en el proyecto programado.

(8) La redacción de la memoria descriptiva es una tarea compleja, aunque resulta esencial para la presentación del proyecto. Dicha memoria, si es completa y está bien redactada, será uno de los elementos esenciales que permitirán a la Comisión estimar si está justificado llevar a cabo la campaña de promoción y evaluar la calidad, las posibilidades de obtener los resultados deseados y el interés de la misma en relación con los objetivos de la política pesquera.

EWG:L202UMBS05.94 FF: 7USP; SETUP: 01; Hoehe: 253 mm; 33 Zeilen; 2154 Zeichen;

Bediener: HELM Pr.: A;

Kunde:

ANEXO II PROYECTO DE PROSPECCION DE MERCADOS CERTIFICADO PARA EL PAGO DE UNA PARTE DE LA AYUDA MODELO 1a Proyecto N°: ....................................................................... Título del proyecto: .

Beneficiario: .

Dirección: .

El ................................................................................................................... (1), autoridad intermediaria designada a tal fin por las autoridades nacionales, declara que los documentos que se mencionan en la relación de documentos contables adjunta (Modelo 3) han sido controlados.

ESTE CONTROL PERMITE CERTIFICAR QUE:

1. La realización de los trabajos comenzó el ........................................ .

2. El .................................... el importe de los costes totales reales efectivamente pagados se elevaba a

..........................................................., de los cuales los gastos subvencionables se elevaban, sin tener en cuenta la parte recuperable del impuesto sobre el valor añadido, a ............................................................ (en moneda nacional).

3. Dicho importe ha sido financiado tal y como se indica en el Modelo 2 adjunto.

4. Los trabajos realizados, cubiertos por estos documentos, se ajustan al proyecto presentado a la Comisión (con excepción de los referentes a ......................................................., sobre los que se adjuntan explicaciones y justificaciones en el Modelo 4).

5. La participación financiera nacional y la del beneficiario, establecidas teniendo en cuenta el conjunto de las ayudas de cualquier tipo, se ajustan, o se ajustarán a más tardar al finalizar los trabajos, a las disposiciones del artículo 30 del Reglamento (CEE) No 4028/86.

6. El beneficiario se compromete a terminar los trabajos a más tardar el .................................

7. Se han respetado las condiciones especiales indicadas en el Anexo de la decisión de concesión de la ayuda.

8. Los justificantes controlados obran en poder de .

Hecho en ...................................... , el ..........................

Por la autoridad competente .(Firma y sello) (1) Denominación de la autoridad intermediaria.

CERTIFICADO PARA EL PAGO DEL SALDO O DE TODA LA AYUDA MODELO 1b Proyecto N°: ....................................................................... Título del proyecto: .

Beneficiario: .

Dirección: .

El ................................................................................................................... (1), autoridad intermediaria designada a tal fin por las autoridades nacionales declara que los documentos que se mencionan en la relación de documentos contables adjunta (Modelo 3) han sido controlados.

ESTE CONTROL PERMITE CERTIFICAR QUE:

1. Los trabajos comenzaron el .

2. Los trabajos terminaron el .

3. El importe de los costes totales reales efectivamente pagados se elevaba a ...................., de los cuales los gastos subvencionables se elevaban, sin tener en cuenta la parte recuperable del impuesto sobre el valor añadido, a ............................................ (en moneda nacional).

4. El importe de los gastos antes mencionado se ha financiado tal como se indica en el Modelo 2 adjunto.

5. El importe de los gastos antes mencionado se reparte entre las diferentes categorías de trabajos previstos, tal como se indica en la relación de los documentos contables de la presente solicitud de pago (Modelo 3).

6.

................................................................................................... ha comprobado que los trabajos realizados se ajustan a los descritos en la decisión de ayuda de la Comisión, con excepción de los relativos a las categorías ....................................sobre las que se dan explicaciones en el Modelo 4.

7. La participación financiera del beneficiario y la del Estado miembro se ajustan a las disposiciones de los artículos 42 y 43 del Reglamento (CEE) N° 4028/86.

8. Se han respetado las condiciones especiales indicadas en el Anexo de la decisión de concesión de la ayuda.

9. Los justificantes controlados obran en poder de .

. Hecho en ..........................................., el .....................

Por la autoridad competente .(Firma y sello) (1) Denominación de la autoridad intermediaria.

ANEXO DEL CERTIFICADO, REFERENTE A LA FINANCIACION DE LOS GASTOS EFECTUADOS MODELO 2 Financiación de los gastos efectuados hasta el: ..............................

Proyecto No: .

de la zona: .

1.

Participación del/de los beneficiario(s):

- Capitales propios:

- Prestaciones en especie (1):

- Préstamos al tipo de mercado ( ):

2.

Participación del Estado miembro:

- Subvención en capital abonado el ........................................ :

- Equivalente de subvención en capital:

- Otras ayudas (especifíquense):

3.

Ya se ha recibido de la Comisión:

Total:

4.

El abajo firmante se compromete a cubrir con fondos propios o con préstamos que contrate en las condiciones normales del mercado ( ) cualquier posible diferencia derivada de una menor participación de la Comisión y/o del Estado miembro en la financiación del presente proyecto.

Fecha: ........................................

Firma: .

(beneficiario) V° B° de la autoridad competente:

Fecha, firma y sello:

(1) Indíquense las bases de cálculo.

( ) Por préstamo en las condiciones normales del mercado se entiende cualquier préstamo que no se beneficie de una bonificación de interés.

RELACION DE DOCUMENTOS CONTABLES MODELO 3 (Período comprendido entre el ................... y el ...................) Cate- goría N° Objeto Costes

previstos según presupuesto Documentos contables (1) N° Fecha Emitidos por Objeto (breve descripción) Importes sin IVA recuperable Método (²) Fecha (3) Pagos efectuados Importes sin decimales ni IVA recuperable (1) Deben indicarse todos los documentos referentes a la realización del proyecto financiado.

(²) Método de pago: 1. banco, 2. cheque, 3. al contado, 4. otros.

(3) Debe indicarse la fecha de pago efectivo y no la fecha de vencimiento de una deuda (por ejemplo, en el caso de pago por letras).

Fecha: .

Firma del beneficiario: .

V° B° de la autoridad competente:

Fecha, firma y sello:

Proyecto No: .

EXPLICACION DE LAS DIFERENCIAS ENTRE TRABAJOS PREVISTOS Y REALIZADOS MODELO 4 Trabajos y actividades previstos según expediente inicial Trabajos y actividades realizados Breve descripción Coste sin IVA recuperable Breve descripción Coste sin IVA recuperable Justificación de los cambios (1) (1) Se adjuntan las facturas correspondientes y, en su caso, la correspondencia entre el Ministerio y el beneficiario al respecto.

Fecha: .

Firma del beneficiario: .

V° B° de la autoridad competente:

Fecha, firma y sello:

Proyecto No: .

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 26/07/1988
  • Fecha de publicación: 27/07/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 30/07/1988
Referencias anteriores
Materias
  • Mercados

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