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Documento DOUE-L-1988-80668

Reglamento (CEE) nº 1949/88 de la Comisión, de 1 de julio de 1988, por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 1719/88 relativo a la interrupción de la pesca de la solla por parte de los barcos que naveguen bajo pabellón de Portugal.

Publicado en:
«DOCE» núm. 170, de 2 de julio de 1988, páginas 46 a 46 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1988-80668

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 2241/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, por el que se establecen ciertas medidas de control respecto a las actividades pesqueras (1) y, en particular, el apartado 3 de su artículo 11,

Considerando que el Reglamento (CEE) no 1719/88 de la Comisión (2) ha prohibido la pesca de la solla en las divisiones CIEM VIII, IX, X; COPACE 34.1.1 (zona CE) para los barcos que naveguen bajo pabellón de Portugal o registrados en Portugal a partir del 19 de junio de 1988;

Considerando que Portugal ha corregido las cifras de captura que había comunicado a la Comisión y que las cifras corregidas demuestran que de hecho no se ha agotado la cuota; que, por consiguiente, debería autorizarse la pesca de la solla en las aguas de las zonas CIEM VIII, IX, X; COPACE 34.1.1 (zona CE) para los barcos que naveguen bajo pabellón de Portugal o registrados en Portugal; que, por consiguiente, es conveniente derogar el Reglamento (CEE) no 1719/88 de la Comisión,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Queda derogado el Reglamento (CEE) no 1719/88 de la Comisión.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 1 de julio de 1988.

Por la Comisión

António CARDOSO E CUNHA

Miembro de la Comisión

(1) DO no L 207 de 29. 7. 1987, p. 1.

(2) DO no L 152 de 18. 6. 1988, p. 50.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 01/07/1988
  • Fecha de publicación: 02/07/1988
  • Fecha de entrada en vigor: 03/07/1988
Referencias anteriores
Materias
  • Aguas jurisdiccionales
  • Pesca marítima
  • Pescado
  • Portugal

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