Rectificación al Reglamento (CEE) nº 152/87 de la Comisión, de 21 de enero de 1987, que fija para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1987 la cantidad máxima de ciertos productos del sector de las materias grasas que habrá de despacharse al consumo e importarse en España y Porturgal.
Publicado en:
«DOCE» núm. 24, de 27 de enero de 1987, páginas 54 a 54 (1 pág.)