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Documento DOUE-L-1987-81263

Decisión del Consejo, de 28 de septiembre de 1987, relativa a la celebración del Protocolo adicional del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania.

Publicado en:
«DOCE» núm. 297, de 21 de octubre de 1987, páginas 18 a 27 (10 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-81263

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 238,

Vista la recomendación de la Comisión (1),

Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo (2),

Considerando que conviene aprobar el Protocolo adicional del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania (3), firmado en Bruselas el 18 de enero de 1977,

DECIDE:

Artículo 1

Queda aprobada, en nombre de la Comunidad, el Protocolo adicional del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y el Reino Hachemita de Jordania.

El texto del Protocolo se adjunta a la presente Decisión.

Artículo 2

El Presidente del Consejo procederá a la notificación prevista en el artículo 8 del Protocolo (4).

Artículo 3

La presente Decisión surtirá efecto el día siguiente al de

su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades

Europeas.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 1987.

Por el Consejo

El Presidente

B. HAARDER

(1) DO N° C 97 de 10. 4. 1987, p. 9.

(2) Dictamen emitido el 16 de septiembre de 1987 (no publicado aún en el Diario Oficial).

(3) DO N° L 268 de 27. 9. 1978, p. 2.

(4) La Secretaría General del Consejo se encargará de publicar la fecha de entrada en vigor del Protocolo en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

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Bediener: UTE0 Pr.: C;

Kunde: ................................

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 28/09/1987
  • Fecha de publicación: 21/10/1987
  • Contiene Protocolo de 9 de julio de 1987, adjunto a la misma.
  • Entrada en vigor: , del Protocolo, el 1 de enero de 1988.
  • Efectos desde el 22 de octubre de 1987.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA el PROTOCOLO, por Reglamento 3580/1991, de 25 de noviembre (Ref. DOUE-L-1991-81856).
Referencias anteriores
  • APRUEBA Protocolo adicional del acuerdo, de 18 de enero de 1977, aprobado por Reglamento 2215/78, de 26 de septiembre (Ref. DOUE-L-1978-80313).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Agrios
  • Arancel Aduanero Común
  • Flores
  • Floricultura
  • Frutos y productos hortícolas
  • Importaciones
  • Jordania

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