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Documento DOUE-L-1987-80709

Decisión nº 1822/87/CECA de la Comisión, de 29 de junio de 1987, relativa a la aplicación de la Decisión nº 2/87 del Consejo de Ministros ACP-CEE por la que se establece la aplicación anticipada del Protocolo de Adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa al Tercer Convenio ACP-CEE por lo que respecta a los productos incluidos en el Tratado CECA.

Publicado en:
«DOCE» núm. 172, de 30 de junio de 1987, páginas 105 a 105 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80709

TEXTO ORIGINAL

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero,

Considerando que el Consejo de Ministros ACP-CEE decidió, en su Decisión nº 2/87 (1) y en virtud del apartado 3 del artículo 284 del Tercer Convenio ACP-CEE, la aplicación anticipada del Protocolo de adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa a dicho Convenio, con fecha del 1 de julio de 1987 y hasta la fecha de entrada en vigor de dicho Protocolo;

Considerando que dicha Decisión abarca también los productos incluidos en el Tratado CECA;

Considerando que conviene adoptar las medidas que implica la aplicación de dicha Decisión,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:

Artículo 1

La Decisión nº 2/87 del Consejo de Ministros ACP- CEE, aneja a la presente Decisión, será aplicable en la Comunidad a partir del 1 de julio de 1987 y hasta la entrada en vigor del Protocolo de adhesión del Reino de España y de la República Portuguesa al Tercer Convenio ACP-CEE, por lo que respecta a los productos incluidos en el Tratado CECA.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de julio de 1987.

La presente Decisión será obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 29 de junio de 1987.

Por la Comisión

Lorenzo NATALI

Vicepresidente

______________________

(1) Ver página 2 del presente Diario Oficial.

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 29/06/1987
  • Fecha de publicación: 30/06/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 01/07/1987
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Decisión 2/87 adjunta al Reglamento 1820/87, de 25 de junio (Ref. DOUE-L-1987-80707).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Comunidad Económica Europea
  • España
  • Estados ACP
  • Portugal

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