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Documento DOUE-L-1987-80551

Reglamento (CEE) nº 1438/87 del Consejo, de 21 de mayo de 1987, por el que se modifica el Reglamento (CEE) nº 4134/86, relativo al régimen de importación de determinados productos originarios de Taiwan.

Publicado en:
«DOCE» núm. 139, de 29 de mayo de 1987, páginas 1 a 16 (16 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1987-80551

TEXTO ORIGINAL

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, y, en particular, su artículo 113,

Visto el Reglamento (CEE) nº 4134/86 del Consejo, de 22 de diciembre de 1986, relativo al régimen de importación de determinados productos textiles originarios de Taiwán (1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 2,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el Reglamento (CEE) nº 4134/86 establece un régimen de importación para los productos textiles originarios de Taiwán para los años 1987,1988, 1989,1990 y 1991; que, para algunos de estos productos, ha sido necesario establecer, para el mismo periodo, contingentes cuantitativos comunitarios de importación;

Considerando que, habida cuenta de la evolución de la situación relativa a las importaciones en Taiwán de determinados productos originarios de la Comunidad, parece conveniente ajustar el nivel de contingentes para el año 1987;

Considerando que se ha establecido que, para los años 1988, 1989, 1990 y 1991, los contingentes serán establecidos por el Consejo, que decidirá por mayoría cualificada, a propuesta de la Comisión,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se sustituye el Anexo II del Reglamento (CEE) nº 4134/86 por el que figura en el Anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 21 de mayo de 1987.

Por el Consejo

El Presidente

E. KNOOPS

ANEXO

"ANEXO II

CONTINGENTES CUANTITATIVOS CONTEMPLADOS EN EL ARTÍCULO 2

GRUPO I A

(TABLA OMITIDA)

GRUPO I B

(TABLA OMITIDA)

GRUPO II A

(TABLA OMITIDA)

GRUPO II B

(TABLA OMITIDA)

GRUPO III A

(TABLA OMITIDA)

GRUPO III B

(TABLA OMITIDA)

GRUPO III C

(TABLA OMITIDA)

Apéndice al Anexo II

(TABLA OMITIDA)

(1) DO nº L 386 de 31. 12. 1986, p. 1.

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 21/05/1987
  • Fecha de publicación: 29/05/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 01/06/1987
Referencias anteriores
  • SUSTITUYE el Anexo II del Reglamento 4134/86, de 22 de diciembre (Ref. DOUE-L-1986-82013).
Materias
  • Algodón
  • Fibras textiles
  • Importaciones
  • Lana
  • Taiwán
  • Tejidos
  • Vestido

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