Está Vd. en

Documento DOUE-L-1986-82169

Rectificación al Reglamento (CEE) nº 3221/86 del Consejo, de 21 de octubre de 1986, que modifica por quinta vez el Reglamento (CEE) nº 3721/85 por el que se fijan para determinadas poblaciones o grupos de poblaciones de peces, los totales admisibles de capturas para 1986 y determinadas condiciones en las que pueden pescarse.

Publicado en:
«DOCE» núm. 331, de 25 de noviembre de 1986, páginas 19 a 19 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1986-82169

TEXTO ORIGINAL

Página 3, Anexo I, segunda columna:

en lugar de: « IV a) población de Clyde (10) »,

léase: « VI a) población de Clyde (10) ».

Página 3, Anexo II, tercera columna:

en lugar de: « IV a) población de Clyde (2) »,

léase: « VI a) población de Clyde (2) ».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 25/11/1986
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de Reglamento 3221/86, de 21 de octubre (Ref. DOUE-L-1986-81500).
Materias
  • Pesca marítima
  • Pescado

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid