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LA COMISION DELAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbon y del Acero,
Vista la Decisión no 3485/85/CECA de la Comisión, de 27 de noviembre de 1985, por la que se prorroga el régimen de vigilancia y de cuotas de producción de determinados productos para las empresas de la industria siderúrgica (1),
Considerando que en la Decisión no 1618/86/CECA de la Comisión (2) se fijaron las tasas de reducción respecto de determinados productos para el tercer trimestre de 1986;
Considerando que el apartado 1 del artículo 8 de la Decisión no 3485/85/CECA prevé la posibiliadad de modificar dichas tasas de reducción a más tardar, en la primera semana del segundo mes del trimestre de que se trate, teniendo en cuenta la evolución de la situación del mercado;
Considerando que la situación del mercado exige la modificación de las tasas de reducción para el tercer trimestre de 1986, teniendo en cuenta los estudios realizados conjuntamente con empresas y asociaciones de empresas,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION:
Artículo 1
1. Las tasas de reducción para el establecimiento de cuotas de producción para el tercer trimestre de 1986, establecidas en la Decisión no 1618/86/CECA para las categorías de productos siguientes, serán modificadas como sigue:
« categoría Ia: 48
categoría Ib: 51
categoría Ia: 20
categoría III: 55. »
2. Las tasas de reducción para el establecimiento de la parte de las cuotas de producción que podrán entregarse en el mercado común, tal como se prevén en la Decisión no 1618/86/CECA, para las categorías de productos siguientes, serán modificadas como sigue:
« categoría Ic 25 »
3. Estas tasas de reducción sustituirán a las tasas fijadas en la Decisión no 1618/86/CECA.
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.
La presente Decisión será obligatoria en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 22 de julio de 1986.
Por la Comisión
Karl-Heinz NARJES
Vicepresidente
(1) DO no L 340 de 18. 12. 1985, p. 5.
(2) DO no L 142 de 28. 5. 1986, p. 31.
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