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Documento DOUE-L-1985-80905

Reglamento (CEE) nº 3191/85 de la Comisión, de 14 de noviembre de 1985, por el que se autoriza al Reino Unido a permitir, bajo determinadas condiciones, un aumento suplementario del grado alcohólico de determinados vinos y de determinados productos destinados a la elaboración de vinos.

Publicado en:
«DOCE» núm. 301, de 15 de noviembre de 1985, páginas 30 a 31 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1985-80905

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 3191/85 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 337/79 del Consejo , de 5 de febrero de 1979 , por el que se establece una organización común del mercado vitivinícola

(1) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 798/85 (2) , y en particular el apartado 4 de su artículo 32 y el artículo 65 ,

Considerando que , debido a la gran pluviosidad que se ha registrado durante el verano de 1985 en diferentes regiones del Reino Unido , los límites fijados para el aumento del grado alcohólico natural por el apartado 1 del artículo 32 del Reglamento ( CEE ) n º 337/79 no permiten , en el caso de uvas recolectadas en el área vitícola británica , la elaboración de vinos tal y como el mercado los pide ; que , habida cuenta de dicha situación , resulta oportuno autorizar a dicho Estado miembro a permitir un aumento suplementario del grado alcohólico natural con arreglo al apartado 2 del artículo 32 del Reglamento ( CEE ) n º 337/79 en las regiones afectadas ; que conviene prever que el Reino Unido comunique a la Comisión determinados datos , en particular en aplicación del Reglamento ( CEE ) n º 1594/70 de la Comisión (3) , modificado en último lugar por el Reglamento ( CEE ) n º 632/80 (4) ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión del vino ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Se autorizará al Reino Unido , para la campaña de 1985/86 , a permitir , en las unidades administrativas citadas en el Anexo , el aumento suplementario de los grados alcohólicos previsto para la zona vitícola A , en el apartado 2 del artículo 32 del Reglamento ( CEE ) n º 337/79 para los productos enumerados en el primer párrafo del apartado 1 del mencionado artículo 32 que provengan de uvas destinadas a la elaboración de vinos de mesa .

Artículo 2

1 . Basándose en las declaraciones contempladas en el segundo párrafo del apartado 1 del artículo 36 del Reglamento ( CEE ) n º 337/79 , el Reino Unido comunicará a la Comisión , a más tardar el 31 de mayo de 1986 , las cantidades de azúcar , de mosto de uva concentrado y de mosto de uva concentrado rectificado utilizadas para el aumento suplementario del grado alcohólico natural de los productos contemplados en el artículo 1 .

2 . Estas comunicaciones contendrán estimaciones de las cantidades de azúcar , de mosto de uva concentrado y de mosto de uva concentrado rectificado utilizadas para el aumento suplementario del grado alcohólico con arreglo al apartado 2 del artículo 32 del Reglamento ( CEE ) n º 337/79 .

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas el 14 de noviembre de 1985 .

Por la Comisión

Frans ANDRIESSEN

Vicepresidente

(1) DO n º L 54 de 5 . 3 . 1979 , p. 1 .

(2) DO n º L 89 de 29 . 3 . 1985 , p. 1 .

(3) DO n º L 173 de 6 . 8 . 1970 , p. 23 .

(4) DO n º L 69 de 15 . 3 . 1980 , p. 33 .

ANEXO

Norfolk

Suffolk

Essex

Cambridgeshire

Hertfordshire

Berkshire

Kent

Susex

Surrey

Hampshire

Dorset

Devon

Cornwall

Gloucestershire

Wiltshire

Dyfed

Glamorgan

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 14/11/1985
  • Fecha de publicación: 15/11/1985
  • Fecha de entrada en vigor: 16/11/1985
Referencias anteriores
Materias
  • Alcoholes
  • Azúcar
  • Bebidas alcohólicas
  • Bebidas analcohólicas
  • Frutos
  • Mosto
  • Productos alimenticios
  • Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte
  • Uvas
  • Vinos

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