LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Economica Europea ,
Considerando que , para la aplicacion de las disposiciones relativas a las preferencias arancelarias concedidas por la Comunidad a determinados productos originarios de paises en vias de desarrollo se han definido reglas de origen , tanto en lo referente a las condiciones en que esos productos
adquieren el caracter de productos originarios como a la justificacion de dicho caracter y a las modalidades de su control , por el Reglamento ( CEE ) n 3749/83 de la Comision (1) , en lo sucesivo denominado " Reglamento de base " ,
Considerando que , al haberse prorrogado el periodo de aplicacion del Reglamento de base extendiéndolo al ano 1985 , es necesario prorrogar el periodo de aplicacion de los Reglamentos ( CEE ) n 3750/83 (2) , ( CEE ) n 3751/83 (3) y ( CEE ) n 3752/83 (4) de la Comision ;
Considerando que Brunei Darussalam se ha unido a la Asociacion de Naciones del Sudeste de Asia ( ASEAN ) ;
Considerando que las medidas del presente Reglamento concuerdan con el dictamen del Comité de origen ,
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :
Articulo 1
Las disposiciones de los Reglamentos ( CEE ) n 3750/83 , ( CEE ) n 3751/83 y ( CEE ) n 3752/83 permaneceran en vigor a efectos de la aplicacion de las preferencias arancelarias concedidas por la Comunidad Economica Europea a determinados productos de paises en vias de desarrollo .
Articulo 2
El sistema de acumulacion regional establecido por el Reglamento ( CEE ) n 3750/83 se extendera a Brunei Darussalam .
Articulo 3
El presente Reglamento entrara en vigor el tercer dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas .
El presente Reglamento sera aplicable a partir del 1 de enero de 1985 .
El presente Reglamento sera obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .
Hecho en Bruselas , el 19 de diciembre de 1984 .
Por la Comision
Karl-Heinz NARJES
Miembro de la Comision
(1) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 1 .
(2) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 57 .
(3) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 60 .
(4) DO n L 372 de 31 . 12 . 1983 , p. 63 .
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid