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Documento DOUE-L-1984-80585

Decisión de la Comisión, de 25 de octubre de 1984, por la que se prorroga la suspensión temporal del estatuto de determinadas zonas del territorio de la República Federal de Alemania en lo relativo a la peste porcina clásica.

Publicado en:
«DOCE» núm. 297, de 15 de noviembre de 1984, páginas 34 a 35 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80585

TEXTO ORIGINAL

( 84/544/CEE )

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Vista la Directiva 64/432/CEE del Consejo , de 26 de junio de 1964 , relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de animales de las especies bovina y porcina (1) , modificada en último lugar por la Directiva 84/336/CEE (2) , y , en particular , la letra c ) del apartado 1 de su artículo 4 quater ,

Vista la Directiva 72/461/CEE del Consejo , de 12 de diciembre de 1972 , relativa a problemas de policía sanitaria en materia de intercambios intracomunitarios de carnes frescas (3) , modificada en último lugar por la Directiva 84/336/CEE , y , en particular , el apartado 2 de su artículo 13 bis ,

Considerando que , mediante la Decisión 82/838/CEE (4) , el Consejo ha reconocido que determinadas zonas del territorio de la República Federal de Alemania están oficialmente indemnes de peste porcina o indemnes de peste porcina ;

Considerando que se han observado focos de peste porcina clásica en determinadas zonas del territorio de la República Federal de Alemania mencionadas en los Anexos I y II de la Decisión 82/838/CEE ;

Considerando que , mediante la Decisión 84/495/CEE , de 10 de octubre de 1984 (5) , la Comisión ha suspendido durante un período de quince días el estatuto de oficialmente indemnes de peste porcina o indemnes de peste porcina de las zonas referidas del territorio alemán ;

Considerando que , teniendo en cuenta la evolución epidemiológica de la enfermedad , es necesario que se prorrogue para determinadas regiones dicho período de suspensión más allá de los quince días inicialmente previstos con objeto de esclarecer la situación ;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente ,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISION :

Artículo 1

Queda suspendido temporamente para las regiones enumeradas en el Anexo I del estatuto de las zonas del territorio de la República Federal de Alemania reconocidas como oficialmente indemnes de peste porcina , con arreglo a la letra c ) del apartado 1 del artículo 4 quater de la Directiva 64/432/CEE .

Artículo 2

Queda suspendido temporalmente el estatuto de las zonas del territorio de la República Federal de Alemania reconocidas como indemnes de peste porcina , con arreglo al apartado 2 del artículo 13 bis de la Directiva 72/461/CEE , para las regiones enumeradas en el Anexo II .

Artículo 3

La Comisión seguirá la evolución de la situación para adoptar las decisiones apropiadas basándose en dicha evolución .

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros .

Hecho en Bruselas , el 25 de octubre de 1984 .

Por la Comisión

Poul DALSAGER

Miembro de la Comisión

(1) DO n º 121 de 29 . 7 . 1964 , p. 1977/64 .

(2) DO n º L 177 de 4 . 7 . 1984 , p. 22 .

(3) DO n º L 302 de 31 . 12 . 1972 , p. 24 .

(4) DO n º L 352 de 14 . 12 . 1982 , p. 27 .

(5) DO n º L 275 de 18 . 10 . 1984 , p. 37 .

ANEXO I

Regiones de la República Federal de Alemania en las que queda suspendido el estatuto de oficialmente indemnes de peste porcina

La circunscripción administrativa de Baja Baviera ( Niederbayern ) .

ANEXO II

Regiones de la República Federal de Alemania en las que queda suspendido el estatuto de indemnes de peste porcina

La circunscripción administrativa de Alta Baviera ( Oberbayern ) .

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 25/10/1984
  • Fecha de publicación: 15/11/1984
Referencias anteriores
Materias
  • Alemania
  • Epidemias
  • Ganado porcino

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