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Documento DOUE-L-1984-80229

Decisión del Consejo, de 7 de mayo de 1984, referente a la celebración de los Protocolos de 1981 sobre la sexta prórroga del Convenio sobre el Comercio del Trigo de 1971 y la primera prórroga del Convenio relativo a la Ayuda Alimentaria de 1980, los cuales constituyen el Convenio Internacional del Trigo de 1971.

Publicado en:
«DOCE» núm. 124, de 11 de mayo de 1984, páginas 43 a 43 (1 pág.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1984-80229

TEXTO ORIGINAL

( 84/257/CEE )

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 ,

Vista la propuesta de la Comisión ,

DECIDE :

Artículo 1

Los Protocolos sobre la sexta prórroga del Convenio sobre el Comercio del Trigo de 1971 y la primera prórroga del Convenio de 1980 relativo a la Ayuda Alimentaria , los cuales constituyen el Convenio Internacional del Trigo de 1971 serán aprobados en nombre de la Comunidad Económica Europea .

Artículo 2

El Presidente del Consejo estará autorizado para designar a la persona habilitada para depositar los instrumentos de celebración de los Protocolos antes mencionados ante el Gobierno de los Estados Unidos de América .

Hecho en Bruselas , el 7 de mayo de 1984 .

Por el Consejo

El Presidente

M. ROCARD

ANÁLISIS

  • Rango: Decisión
  • Fecha de disposición: 07/05/1984
  • Fecha de publicación: 11/05/1984
Referencias anteriores
  • PRORROGA Convenio aprobado por Decisión 74/406, de 25 de junio (Ref. DOUE-L-1974-80122).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Ayuda alimentaria
  • Cereales
  • Comercio
  • Comités consultivos
  • Comunidad Económica Europea
  • Consejo Internacional del Trigo
  • Cooperación económica
  • Cooperación internacional
  • Exportaciones
  • Harinas
  • Importaciones
  • Mercados
  • Precios
  • Productos alimenticios
  • Trigo

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