( 84/257/CEE )
EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 113 ,
Vista la propuesta de la Comisión ,
DECIDE :
Artículo 1
Los Protocolos sobre la sexta prórroga del Convenio sobre el Comercio del Trigo de 1971 y la primera prórroga del Convenio de 1980 relativo a la Ayuda Alimentaria , los cuales constituyen el Convenio Internacional del Trigo de 1971 serán aprobados en nombre de la Comunidad Económica Europea .
Artículo 2
El Presidente del Consejo estará autorizado para designar a la persona habilitada para depositar los instrumentos de celebración de los Protocolos antes mencionados ante el Gobierno de los Estados Unidos de América .
Hecho en Bruselas , el 7 de mayo de 1984 .
Por el Consejo
El Presidente
M. ROCARD
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