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Documento DOUE-L-1982-80549

Reglamento (CEE) nº 3510/82 de la Comisión, de 23 de diciembre de 1982, por el que se fijan los coeficientes de conversión aplicables a los atunes.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«DOCE» núm. 368, de 28 de diciembre de 1982, páginas 27 a 28 (2 págs.)
Departamento:
Comunidades Europeas
Referencia:
DOUE-L-1982-80549

TEXTO ORIGINAL

REGLAMENTO ( CEE ) N º 3510/82 DE LA COMISION

LA COMISION DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea ,

Visto el Reglamento ( CEE ) n º 3796/81 del Consejo , de 29 de diciembre de 1981 , por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca (1) y , en particular , el apartado 6 de su artículo 17 ,

Considerando que anualmente se fija un precio para la producción comunitaria de los atunes destinados a la industria conservera ;

Considerando que , de la misma forma , es conveniente fijar los coeficientes de conversión aplicables a las diferentes especies , tallas y formas de presentación del atún ;

Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento son de conformidad con el dictamen del Comité de gestión de los productos de la pesca ,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO :

Artículo 1

Los coeficientes de conversión aplicables a las diferentes especies , tallas y formas de presentación del atún se fijarán como se indica en el Anexo .

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de enero de 1983 .

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro .

Hecho en Bruselas , el 23 de diciembre de 1982 .

Por la Comisión

Giorgios CONTOGEORGIS

Miembro de la Comisión

(1) DO n º L 379 de 31 . 12 . 1981 , p. 1 .

ANEXO

I . Coeficientes de conversión aplicables a las diferentes especies de atunes

Especie Coeficiente

A . Albacora ( Thunnus albacares )

- que pese más de 10 kg por pieza 1

- que no pese más de 10 kg por pieza 0,91

B . Atunes blancos ( Thunnus alalunga )

- que pese más de 10 kg por pieza 1,14

- que no pese más de 10 kg por pieza 1,45

C . Otras especies 0,64

II . Coeficientes de conversión aplicables a cada una de las especies contempladas en I en función de las diferentes formas de presentación

Formas de presentación Coeficiente

A . Enteros 1

B . Vaciados y sin bránqueas 1,14

C . Otros 1,24

ANÁLISIS

  • Rango: Reglamento
  • Fecha de disposición: 23/12/1982
  • Fecha de publicación: 28/12/1982
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1983
  • Fecha de derogación: 20/06/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Montantes compensatorios monetarios
  • Pescado
  • Productos pesqueros

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