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Documento BOE-A-2026-2549

Recurso de inconstitucionalidad n.º 6810-2025, contra artículo 30, apartados dos, trece, diecisiete, diecinueve, veinte, veintiuno y veinticinco, y artículo 45, apartado cinco, de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 4 de febrero de 2026, páginas 17431 a 17431 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2026-2549

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 27 de enero de 2026, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 6810-2025, promovido por la vicepresidenta primera del Gobierno, por suplencia del Presidente del Gobierno, contra el artículo 30, apartados dos, trece, diecisiete, diecinueve, veinte, veintiuno y veinticinco, y el artículo 45, apartado cinco, de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas. Y se hace constar que por la vicepresidenta primera del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –30 de septiembre de 2025– para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros.

Madrid, 27 de enero de 2026.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 27/01/2026
  • Fecha de publicación: 04/02/2026
  • Suspende, desde el 4 de febrero de 2026, la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados y, desde el 30 de septiembre de 2025, para las partes legitimadas.
  • La inclusión de las normas indicadas se establece por estar modificadas por la Ley 5/2024, de 27 de diciembre.
Referencias anteriores
  • Recurso planteado en relación con:
    • el art. 30, apartados 2, 13, 17, 19, 20, 21 y 25, y el art. 45.5 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2025-2145).
    • los arts. 6, 34.2 y las disposiciones adicionales 10, 12 a 14 y transitoria 12 de la Ley 8/2009, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-1708).
    • la disposición adicional 12 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre (Ref. BOE-A-2009-807).
Materias
  • Asistencia social
  • Autorizaciones
  • Discapacidad
  • Energía eólica
  • Galicia
  • Producción de energía
  • Recursos de inconstitucionalidad

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