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Documento BOE-A-2026-144

Resolución de 18 de diciembre de 2025, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 9 de diciembre de 2025, sobre la adaptación de los servicios prestados desde la prestación de asistencia personal y del Servicio de Ayuda a Domicilio previstos en los artículos 19 y 23 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, a las necesidades de las personas destinatarias de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 2 de enero de 2026, páginas 577 a 579 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
Referencia:
BOE-A-2026-144
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2025/12/18/(5)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 17.5 del Reglamento interno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, aprobado por Resolución de 25 de febrero de 2019, de la entonces Secretaría de Estado de Servicios Sociales (BOE núm. 58, de 8 de marzo), el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia aprobó, en su reunión extraordinaria de 9 de diciembre de 2025, el Acuerdo sobre la adaptación de los servicios prestados desde la prestación de asistencia personal y del Servicio de Ayuda a Domicilio previstos en los artículos 19 y 23 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia a las necesidades de las personas destinatarias de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible.

Madrid, 18 de diciembre de 2025.–La Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez Rodríguez.

ANEXO
Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, de 9 de diciembre de 2025, para la adaptación de los servicios prestados desde la prestación de asistencia personal y del Servicio de Ayuda a Domicilio previstos en los artículos 19 y 23 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia a las necesidades de las personas destinatarias de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible

Antecedentes

La aprobación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible por unanimidad en el Congreso de los Diputados, supuso un hito en el desarrollo del sistema de cuidados, abriendo la adaptación de los cuidados de larga duración a situaciones especialmente complejas vinculadas con enfermedades que se desarrollan con rapidez hasta situaciones de dependencia extrema, que requieren cuidados continuados.

La disposición adicional cuarta de dicha Ley llama a la adaptación del servicio de ayuda a domicilio y la prestación de asistencia personal para incorporar medidas dirigidas a asegurar una garantía pública de supervisión y atención continuada especializada 24 horas que se puede requerir para prevenir el riesgo de muerte evitable de personas diagnosticadas con ELA u otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, en aquella fase avanzada de la enfermedad que determina una dependencia completa para actividades básicas de la vida diaria, así como asistencia instrumental y personal derivada de problemas respiratorios y disfagia.

Para proceder con esta adaptación, el Real Decreto Ley 11/2025, de 21 de octubre, por el que se establecen medidas para el fortalecimiento del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de las personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, modifica la Ley para la Autonomía y la Atención a la dependencia reconociendo un agravamiento funcional dentro del grado III: el grado III+ al que se le reconoce el derecho de acceso a una prestación económica vinculada al servicio para la adquisición de atención domiciliaria o una prestación de asistente personal de hasta 9.850 euros.

Los siguientes acuerdos alcanzados en el seno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD permiten completar la adaptación de servicios del SAAD al ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, desplegando territorialmente el grado III+ de dependencia extrema, al que accederán, por un lado, las personas que cumplan los criterios recogidos en el Real Decreto 969/2025, de 28 de octubre, por el que se establecen los criterios que definen los procesos irreversibles y de alta complejidad de cuidados que conforman el ámbito de aplicación de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible; así como aquellas que, habiendo sido diagnosticadas de Esclerosis Lateral Amiotrófica, se encuentren en una fase avanzada de la enfermedad que determina una dependencia completa para actividades básicas de la vida diaria, así como asistencia instrumental y personal derivada de problemas respiratorios y disfagia.

Teniendo en cuenta los antecedentes y las consideraciones expresadas se adopta el siguiente, acuerdo:

1. Se entiende por fase avanzada de la Esclerosis Lateral Amiotrófica aquel estadio en el que, empleándose el baremo de valoración recogido en el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, se dictamine que la persona afectada tiene un grado III de dependencia, y se certifique además que, teniendo un diagnóstico de ELA, se cumplen dos de los siguientes tres criterios:

a) Soporte ventilatorio por encima de 8 horas al día.

b) Necesidad diaria de aspiración de secreciones.

c) Inmovilidad en el tren superior.

La persona podrá acceder al grado III+ al mismo tiempo que se le valora para acceder al grado III de cumplirse ese criterio. Podrá resolverse el grado III+ y el grado III en un mismo acto administrativo.

2. Para la acreditación tanto de cumplir los criterios recogidos en el Real Decreto 969/2025, como de encontrarse en la fase avanzada de la ELA antes descrita, se presentará un certificado médico expedido por el profesional médico especialista del sistema público o de una Entidad Gestora de los regímenes especiales de la Seguridad Social, encargado del seguimiento de la persona afectada. Dicho certificado se entregará en el momento de la revisión del grado o del reconocimiento inicial de la situación de dependencia. Tanto la revisión como el reconocimiento de grado, tal y como se recoge en el artículo 5 de la Ley 3/2024, de 30 de octubre, para mejorar la calidad de vida de personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, deberá realizarse en un plazo máximo de tres meses.

3. Se acuerda que el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD elevará la petición al Ministerio de Sanidad de la elaboración de un certificado normalizado para la acreditación de los criterios recogidos en el segundo punto de este acuerdo.

4. Siendo 9.850 euros el máximo de la prestación reconocida para grado III+ en el Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se podrá conceder, de acuerdo con las necesidades y voluntades expresadas por la persona afectada, una prestación de menor cuantía, siempre que ésta sea, al menos de 3.200 euros al mes. Dicha cantidad se trasladará al Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, como prestación mínima.

5. La cantidad final a percibir por la persona afectada estará definida por los servicios de atención domiciliaria o de asistente personal que adquieran, de acuerdo a su voluntad y necesidades, y se fijará, en su caso, teniendo en cuenta su nivel de renta y patrimonio.

6. En cuanto a las y los profesionales a prestar los servicios de atención domiciliaria contratados con esta prestación, podrán prestar el servicio personas que cuenten con cualquiera de las certificaciones o titulaciones profesionales recogidas en el Acuerdo sobre criterios comunes de acreditación y calidad del SAAD, de 28 de junio de 2022, para la atención directa de primer nivel. En el caso de la asistencia personal deberá cumplirse el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, por el que se definen y establecen las condiciones específicas de acceso a la asistencia personal en el Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, publicado por Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales.

7. Se acuerda constituir un grupo de trabajo técnico, en el marco del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD, para seguir intercambiando y analizando el despliegue y aplicación del Grado III+. De los resultados del trabajo de dicho grupo pueden derivarse acuerdos ulteriores que complementen o modifiquen el presente acuerdo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/12/2025
  • Fecha de publicación: 02/01/2026
Referencias anteriores
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Ayudas
  • Discapacidad
  • Enfermedades

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