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Documento BOE-A-2026-12768

Acuerdo de 10 de junio de 2026, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se regula la presentación de los recursos de amparo a través de su sede electrónica.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 12 de junio de 2026, páginas 81324 a 81325 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2026-12768
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2026/06/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

El Pleno Gubernativo del Tribunal Constitucional, en su reunión de 10 de junio de 2026, en ejercicio de la competencia definida en el artículo 2.2, en relación con el artículo 10.1.m), de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Con el propósito de facilitar a los solicitantes de amparo el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, el Pleno del Tribunal adoptó el acuerdo de 15 de marzo de 2023 (BOE de 23 de marzo de 2023) que reguló la presentación de las demandas de amparo a través de la sede electrónica del Tribunal, mediante la cumplimentación de un formulario al que se acompañase la demanda –con extensión delimitada– y la documentación que el demandante estimase conveniente. Se alineaba así el Tribunal con otros órganos jurisdiccionales que vienen empleando con éxito estas fórmulas, como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y su Tribunal General, el Tribunal Supremo de Estados Unidos o, en España, las Salas de lo Civil, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social del Tribunal Supremo.

La experiencia acumulada durante estos años permite proseguir el proceso de simplificación de la presentación de las demandas de amparo, integrando en un único documento el actual formulario y la demanda, lo que unido a la incorporación de mejoras de carácter técnico facilitará la actuación de los profesionales jurídicos que intervienen en los procesos de amparo.

En atención a las anteriores consideraciones se aprueban las siguientes reglas para la presentación de los recursos de amparo:

Primera.

Los recursos de amparo se presentarán a través de la sede electrónica del Tribunal Constitucional, de conformidad con el acuerdo del Pleno de 15 de septiembre de 2016 (BOE de 24 de noviembre de 2016), por el que se regula el Registro General y se crea el Registro Electrónico del Tribunal Constitucional.

Segunda.

La presentación en la sede electrónica del Tribunal se llevará a cabo mediante la cumplimentación telemática de un modelo normalizado, con una extensión máxima de 50.000 caracteres con espacios, que será elaborado por la Secretaría General, fijando la extensión máxima de los diferentes campos.

Por concurrir circunstancias excepcionales, el demandante podrá solicitar motivadamente al Tribunal autorización para superar la anterior extensión. En todo caso, si el recurso de amparo es admitido a trámite, se abrirá un trámite de alegaciones para todas las partes, en el que el demandante podrá presentar escrito de alegaciones en defensa de su pretensión, sin límite de extensión (artículo 52.1 LOTC).

Tercera.

1. Al escrito de demanda se acompañarán, en su caso:

a) El apoderamiento al procurador.

b) Las resoluciones impugnadas.

c) La acreditación de que la vulneración se denunció en el proceso tan pronto como hubo oportunidad.

d) La acreditación de que se ha agotado la vía judicial previa.

e) La acreditación de que se ha respetado el plazo de interposición del recurso.

f) Otros documentos que el demandante estime convenientes.

2. Cada archivo digital que acompañe a la demanda contendrá un solo documento, en formato editable y cuya denominación permita identificar su contenido.

Disposición derogatoria.

Queda derogado el acuerdo el 15 de marzo de 2023 (BOE de 23 de marzo de 2023), por el que se regula la presentación de los recursos de amparo a través de su sede electrónica.

Disposición final.

El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor el 15 de septiembre de 2026.

Madrid, 10 de junio de 2026.–El Presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido Tourón.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 10/06/2026
  • Fecha de publicación: 12/06/2026
  • Fecha de entrada en vigor: 15/09/2026
Referencias anteriores
Materias
  • Administración de Justicia
  • Administración electrónica
  • Notificaciones telemáticas
  • Procedimiento judicial
  • Recurso de Amparo
  • Registros telemáticos
  • Tribunal Constitucional

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