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Documento BOE-A-2023-9745

Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la prórroga, modificación y revisión del III Convenio colectivo estatal del personal de estructura del Grupo Mercantil ISS.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2023, páginas 56314 a 56317 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-9745
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2023/04/10/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta, de fecha 20 de enero de 2023, de prórroga, modificación y revisión del III Convenio colectivo estatal del personal de estructura del Grupo Mercantil ISS (código de convenio n.º 90100143012013), publicado en el BOE el 22 de marzo de 2021, Acta que ha sido suscrita de una parte por los designados por la Dirección de las empresas del Grupo Mercantil ISS en representación de las mismas, y de otra por los sindicatos CCOO-Federación del Hábitat y Federación de servicios y el sindicato UGT-Federación Servicios Movilidad y Consumo en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta, de prórroga, modificación y revisión del III Convenio colectivo estatal del personal de estructura del Grupo Mercantil ISS, en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de abril de 2023.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE REVISIÓN, MODIFICACIÓN Y PRÓRROGA DEL III CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL PERSONAL DE ESTRUCTURA DEL GRUPO MERCANTIL ISS

En Sant Cugat del Vallés y Madrid, a 20 de enero de 2023, se reúnen las partes legitimadas para poder prorrogar, modificar y revisar el III Convenio colectivo del personal de estructura de las empresas que componen el Grupo Mercantil ISS, de conformidad con lo establecido en los artículos 87 y 88 del TRLET.

Forman la comisión negociadora, las siguientes personas:

Por la parte empresarial: 

Ricard Casas Bedós, Anna Viñolas Prat, Anabel Valencia Castro, Ricardo Villasante Gutiérrez y Diego Enjuto Jareño.

Por la parte social:

Por el sindicato CCOO:

Federación del Hábitat:

Ana Jimeno Valdepeñas, José Manuel Paredes Alvarado, Leire Pozo Salguero y Antonio Garde Piñera.

Federación de Servicios:

Emilio Sánchez Cárcel e Ibanhoff Haro Moreno.

Por el sindicato UGT-Federación Servicios Movilidad y Consumo:

Ana Bolaños Paino, Esperanza Izquierdo Muñoz, Loli Prieto Gómez, Jordi Burgos Díaz, Isa Defez Viudes y Diego Torres Outeiro.

MANIFIESTAN

Que ambas partes han decidido prorrogar la vigencia y a revisar el actual III Convenio colectivo del personal de estructura del Grupo Mercantil ISS (código convenio: 90100143012013). Ambas representaciones se reconocen mutuamente como interlocutores válidos y legitimados para la adopción del acuerdo que aquí se suscribe y, en base a ello,

ACUERDAN

Primero. Ámbito temporal de la prórroga.

Prorrogar el III Convenio colectivo del personal de estructura de las empresas que componen el Grupo Mercantil ISS, que extenderá su vigencia dos años, desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.

Asimismo, las partes acuerdan que los efectos económicos del presente acuerdo serán a partir del 1 de enero de 2023, a excepción de aquellos que expresamente se prevean para una fecha posterior.

Segundo. Jornada laboral y horario.

La supresión del artículo 15, apartado 5 a) i), del III Convenio colectivo del personal de estructura de las empresas que componen el Grupo Mercantil ISS, del siguiente texto:

«a excepción de una jornada cada semana cuyo horario será de 08:00 h a 17:30 h. Cada Unidad de Negocio o Área se organizará internamente en turnos rotativos para garantizar la presencia hasta las 17:30 h.»

En consecuencia, las partes acuerdan que la redacción del artículo 15, apartado 5 a) i), del convenio colectivo será la siguiente:

«i) De lunes a jueves, sin perjuicio de lo indicado en el apartado (ii), el horario será de 08:00 h a 16:30 h (8 horas y 30 minutos).»

Tercero. Revisión salarial.

Las partes acuerdan la modificación y el siguiente redactado para el artículo 12 del convenio colectivo:

«1. Para el año 2023 se acuerda un incremento del 4,0 % sobre los conceptos salariales definidos en el artículo 10 del convenio colectivo.

2. Para el año 2024 se acuerda un incremento del 3,6 % sobre los conceptos salariales definidos en el artículo 10 del convenio colectivo.»

Asimismo, las partes acuerdan que la empresa abonará el incremento previsto para 2023 y sus correspondientes atrasos con la nómina de enero de 2023.

Cuarto. Modificar el anexo 1 del convenio colectivo.

El salario variable o incentivo de las categorías de Gestor de Calidad, Gestor de Informática, Gestor Técnico de PRL, Jefe de Área, Gestor Administrativo, Gestor Comercial, Gestor de Integración Laboral, Gestor Laboral, RAC, Técnico Comercial, Técnico Compras, Técnico Informática y Técnico Marketing/Comercial se verá incrementado progresivamente durante el período 2024 a 2026, hasta los porcentajes máximos que se indican en la siguiente tabla:

Variable 2024 Variable 2025 Variable 2026 en adelante
17 % 18 % 20 %

El salario variable o incentivo de las categorías de Administrativo y Help Desk se verá incrementado progresivamente durante el período 2024 a 2026, hasta los porcentajes máximos que se indican en la siguiente tabla:

Variable 2024 Variable 2025 Variable 2026 en adelante
12 % 13 % 15 %

A efectos aclaratorios, los períodos indicados en las tablas anteriores son períodos de devengo del salario variable, si bien el importe que pudiera corresponder sería pagadero en el primer trimestre del año inmediatamente posterior.

Quinto.

Las partes llevarán a cabo todos los trámites oportunos para el registro e inscripción de este acuerdo ante la Dirección General de Empleo, autorizando expresamente a Annabel Valencia Castro, a efectuar dichos trámites.

En muestra de acuerdo de todos los miembros de la mesa negociadora del III Convenio colectivo del personal de estructura de las empresas que componen el Grupo Mercantil ISS de cuanto antecede, y en representación de todos ellos, firman la presente Acta de reunión y acuerdo, en el lugar y la fecha que figuran en el encabezamiento, las siguientes personas:

Por la representación de la empresa:

Ricard Casas Bedós.

Anna Viñolas Prat.

Anabel Valencia Castro.

Ricardo Villasante Gutiérrez.

Diego Enjuto Jareño.

Por la representación de las personas trabajadoras:

CCOO-Federación del Hábitat/Federación de Servicios:

Ana Jimeno Valdepeñas.

José Manuel Paredes Alvarado.

Leire Pozo Salguero.

Ibanhoff Haro Moreno.

Antonio Garde Piñera.

Emilio Sánchez Cárcel.

UGT: Federación estatal de Servicios, Movilidad y Consumo:

Ana Bolaños Paino.

Esperanza Izquierdo Muñoz.

Isa Defez Viudes.

Jordi Burgos Díaz.

Loli Prieto Gómez.

Diego Torres Outeiro.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/04/2023
  • Fecha de publicación: 21/04/2023
  • Efectos económicos, con la salvedad indicada, desde el 1 de enero de 2023.
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 12, 15, anexo 1 y prorroga el Convenio publicado por Resolución de 10 de marzo de 2021 (Ref. BOE-A-2021-4475).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Empresas de servicios

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