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Documento BOE-A-2021-20440

Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el incremento salarial para los años 2020 y 2021 y las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo de Radio Ecca, Fundación Canaria, para los centros de trabajo situados en territorio peninsular.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 10 de diciembre de 2021, páginas 151942 a 151947 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2021-20440
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2021/11/29/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta, de 19 de octubre de 2021, en la que se aprueban el incremento salarial para los años 2020 y 2021 y las correspondientes tablas salariales del Convenio colectivo de la empresa Radio Ecca, Fundación Canaria, para los centros de trabajo situados en territorio peninsular (código de convenio núm. 90102952012018), publicado en el BOE de 28 de febrero de 2018, acuerdos que fueron suscritos, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por los designados por el Comité de empresa y los Delegados de personal, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de incremento salarial y tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de noviembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE RADIO ECCA, FUNDACIÓN CANARIA

En la sede de Radio ECCA, Fundación Canaria en Las Palmas de Gran Canaria, con conexión por videoconferencia con Cáceres, La Coruña, Madrid, Murcia, Sevilla y Vigo, siendo las 09:30 horas del día 19 de octubre de 2021, se reúnen, las personas reseñadas en representación de la parte Social y la parte empresarial legitimadas para la firma de la modificación del Convenio Colectivo de Radio Ecca, Fundación Canaria, Código Convenio 90102952012018, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE) núm. 52, de 28 de febrero de 2018, conforme a lo previsto en el Estatuto de los Trabajadores, una vez constituida la Comisión del Negociadora del Convenio Colectivo citado, procede a tratar los puntos reseñados en el orden del día.

ASISTENTES

Por la Dirección de la empresa:

Doña Ana Giménez Rodríguez.

Doña Rosa María Santana Segura.

Don Juan Carlos Hernández Atta.

Por la parte Social:

CC.OO.:

Don Alfonso de Celis Navarro.

Don José Luis Escaño Rubio.

Doña Adela Fernández Díez.

FESP-UGT:

Doña Estrella Borrego Molina.

Doña Gema Gallego Escudero.

Doña Patricia Pousa Calero.

MANIFIESTAN

Primero.

Que, ambas representaciones cuentan con capacidad y legitimación para negociar la modificación del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, conforme a la legislación aplicable y, por tanto, se reconocen mutuamente en este acto como interlocutores válidos para negociar modificaciones respecto al Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.

Segundo.

Que, ambas representaciones intervienen en la presente negociación, guiadas por el principio de buena fe y con vistas a alcanzar acuerdos relativos a la modificación del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria que se especificará en el punto núm. uno y dos del orden del día.

Tercero.

La Comisión está compuesta por los nueve miembros que constan en el encabezamiento de la presente acta que, a los efectos de los artículos 87 y 88 del Estatuto de los Trabajadores y respetando las reglas legales aplicables de proporcionalidad, así como atendiendo a los mandatos electorales existentes en la empresa, han sido designados por cada parte como miembros integrantes de la Comisión Negociadora para la modificación del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria que queda válidamente constituida. Asimismo, por la parte Social y por la parte empresarial, se ha designado, de forma unánime por todos los miembros, que la persona que ostente la presidencia de la presente Comisión sea D. Alfonso de Celis Navarro y la persona que ostente la Secretaría de dicha Comisión sea Dña. Rosa María Santana Segura. Igualmente, el interlocutor de las comunicaciones de la parte Social D. Alfonso de Celis Navarro, a.decelis@radioecca.org y Dña. Rosa María Santana Segura, como interlocutora de la parte de la Dirección, direccion@radioecca.org.

Y en virtud de lo expuesto, de conformidad con la convocatoria efectuada para la presente reunión, el orden del día de la sesión de hoy es el siguiente:

1. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.

2. Ruegos y preguntas.

No existen.

Preside la reunión D. Alfonso de Celis Navarro (CC.OO.) y la secretaría de actas la asume Dña. Rosa María Santana Segura.

Primero. Actualización de los salarios previstos en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria.

Se propone por la Dirección la actualización para el año 2020 y 2021 de los salarios reflejados en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, consistente en un incremento salarial del 2% en el año 2020 y un incremento del 0,9% en el año 2021, sobre los salarios que constan en la resolución de 19 de junio de 2020, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 03 de julio de 2020, donde se publican las tablas salariales del año 2019.

La Dirección propone que ese incremento del salario para los años 2020 y 2021 se aplicarán a partir de la nómina del mes de noviembre de 2021.

Asimismo, propone la aplicación retroactiva de las tablas salariales propuestas desde el 1 de enero de 2020.

Efectuada la votación respecto a la actualización salarial para los años 2020 y 2021 y la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2020, se obtienen los siguientes resultados:

Por la parte Social:

Tres votos de CC.OO., a favor de dicho planteamiento y 3 votos de FESP-UGT a favor de dicho planteamiento.

Por la parte de la Dirección:

Tres votos a favor de dicho planteamiento.

De conformidad con la votación realizada, la Comisión Negociadora del citado Convenio aprueba, por unanimidad, conforme a las normas establecidas en el Estatuto de los Trabajadores, el incremento salarial expuesto para los años 2020 y 2021 y la aplicación retroactiva desde el 1 de enero de 2020.

Segundo. Ruegos y preguntas.

No se han realizado.

Consecuentemente, tras las manifestaciones, votaciones realizadas y siguiendo las normas legalmente establecidas, la Comisión Negociadora del citado Convenio adopta, por unanimidad, los siguientes

ACUERDOS

1. La actualización para los años 2020 y 2021 de los salarios reflejados en las tablas salariales fijadas en el anexo I del Convenio Colectivo de Radio ECCA, Fundación Canaria, consistente en un incremento salarial del 2% para el año 2020 y un incremento del 0,9 % para el año 2021 sobre los salarios que constan en la resolución la resolución de 19 de junio de 2020, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en fecha 03 de julio de 2020, donde se publican las tablas salariales del año 2019.

El incremento del salario para los años 2020 y 2021 se aplicará a partir de la nómina del mes de noviembre de 2021 sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En consecuencia, se procede simultáneamente en este acto a la firma de la tabla salarial correspondiente al año 2020 y de la tabla salarial correspondiente al año 2021, ambas tituladas como Anexo I, formando ambas parte inseparable de esta acta.

2. La aplicación retroactiva de las tablas salariales acordadas desde el 1 de enero de 2020.

3. Las diferencias adeudadas a los trabajadores y trabajadoras como consecuencia de la aplicación retroactiva a fecha 1 de enero de 2020, deberán quedar saldadas en el plazo de tres meses.

4. Se acuerda por unanimidad modificar la tabla salarial de manera que el salario del auxiliar administrativo y del responsable directo sobre ejecución de tareas sea actualizado de forma que se equipare al importe del salario mínimo interprofesional, desapareciendo por tanto los complementos absorbibles que hasta ahora figuraban en sus nóminas como complemento hasta llegar al salario mínimo para 2021 o en su defecto superior si se diese el caso.

5. Autorizar y delegar en amplitud legal precisa, a favor de Doña Amparo Osorio Roque, directora gerente para que en nombre de esta Comisión, pueda presentar el texto, acta y demás documentación, así como realizar las gestiones necesarias, ante la autoridad Laboral, y a Don Alfonso de Celis Navarro de la organización sindical CC.OO. y Doña Rosa María Santana Segura, para que en nombre de esta Comisión, pueda presentar el texto, acta y demás documentación, así como realizar las gestiones necesarias, ante la Autoridad Laboral, al sólo efecto de su presentación telemática, registro, depósito y publicación posterior en el «Boletín Oficial del Estado».

No existen más asuntos que tratar.

Sin más asuntos que tratar, queda aprobada el acta por el conjunto de las representaciones y personas asistentes, se procede a firmar el Acta en cuatro ejemplares de cuatro páginas a una sola cara, más tablas salariales que constan de tres páginas, quedando habilitado la Secretaría para certificar cuantas copias sean precisas, levantándose la sesión a las 09:58 horas del día de la fecha.

ANEXO I
Tablas salariales 2020

Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 1: Personal Docente del Sistema Educativo

    Salario Trienio
Nivel I. Titulado/a Superior/Grados, equivalentes
según la normativa vigente en cada momento.
1.873,63 51,15
Nivel II. Titulado/a Medio/Grados, equivalentes
según la normativa vigente en cada momento.
1.618,63 38,72

Grupo 2: Personal de Proyectos y Programas 

    Salario Trienio
Nivel I. Coordinador/a de actividades de proyectos. 1.873,63 51,15
Nivel II. Técnico/a de proyectos y de gestión. 1.618,63 38,72
Nivel III. Instructor/a de actividades. 1.438,84 36,86
Nivel IV. Monitor/a. 1.294,95 35,14

Grupo 3: Personal Titulado 

    Salario Trienio
Nivel I. Titulados/as superiores
(licenciatura/grado universitario equivalente).
1.873,63 51,15
Nivel II. Titulados/as medios
(diplomatura/grado universitario equivalente/técnico o equivalente).
1.618,63 38,72

Grupo 4: Personal de Administración y Servicios

Niveles personal de administración:

    Salario Trienio
Nivel I. Gestor/a administrativo/a de la Delegación. 1.327,65 40,97
Nivel II. Administrativo/a. 1.066,74 34,60
Nivel III. Auxiliar administrativo/a. 950,00 34,60

Niveles personal del servicios:

    Salario Trienio
Nivel I. Responsable indirecto sobre ejecución de tareas. 1.117,89 34,60
Nivel II. Responsable directo sobre ejecución de tareas. 950,00 34,60

Tablas salariales 2021

Confeccionadas para 14 pagas

Grupo 1: Personal Docente del Sistema Educativo

    Salario Trienio
Nivel I. Titulado/a Superior/Grados, equivalentes
según la normativa vigente en cada momento.
1.890,49 51,61
Nivel II. Titulado/a Medio/Grados, equivalentes
según la normativa vigente en cada momento.
1.633,20 39,07

Grupo 2: Personal de Proyectos y Programas 

    Salario Trienio
Nivel I. Coordinador/a de actividades de proyectos. 1.890,49 51,61
Nivel II. Técnico/a de proyectos y de gestión. 1.633,20 39,07
Nivel III. Instructor/a de actividades. 1.451,79 37,19
Nivel IV. Monitor/a. 1.306,60 35,46

Grupo 3: Personal Titulado

    Salario Trienio
Nivel I. Titulados/as superiores
(licenciatura/grado universitario equivalente).
1.890,49 51,61
Nivel II. Titulados/as medios
(diplomatura/grado universitario equivalente/técnico o equivalente).
1.633,20 39,07

Grupo 4: Personal de Administración y Servicios

Niveles personal de administración:

    Salario Trienio
Nivel I. Gestor/a administrativo/a de la Delegación. 1.339,60 41,34
Nivel II. Administrativo/a. 1.076,34 34,91
Nivel III. Auxiliar administrativo/a. 965,00 34,91

Niveles personal del servicios:

    Salario Trienio
Nivel I. Responsable indirecto sobre ejecución de tareas. 1.127,95 34,91
Nivel II. Responsable directo sobre ejecución de tareas. 965,00 34,91

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/11/2021
  • Fecha de publicación: 10/12/2021
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 16 de febrero de 2018 (Ref. BOE-A-2018-2812).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Formación profesional
  • Radiodifusión

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