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Visto el texto modificado de los modelos del pacto de extinción de la relación laboral y acogimiento a la prestación de jubilación anticipada y del pacto de extinción de la relación laboral y acogimiento a la prestación de jubilación anticipada, ambos relativos al Acuerdo adoptado de desarrollo del artículo 14.2 del denominado «Acuerdo marco de garantías para Endesa, S.A. y sus filiales eléctricas» (código de convenio número 90100383122020), Acuerdo que versa sobre medidas voluntarias de suspensión o extinción de contratos de trabajo en el período 2019-2024, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 17 de junio de 2020. Modelos que fueron suscritos el 28 de julio de 2020, de una parte por la Dirección del Grupo Endesa en su representación, y de otra por las secciones sindicales de UGT y SIE, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de los citados modelos de los pactos indicados en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 8 de agosto de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
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