Visto el texto del acuerdo de revisión salarial y la correspondiente tabla para el año 2019 del Convenio colectivo de la empresa «Alain Afflelou España, SAU» (código de convenio n.º 90101442012013), publicado en el BOE de 10 de mayo de 2013, que fueron suscritos, con fecha 28 de febrero de 2020, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por el Comité de Empresa, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de los citados acuerdos de revisión y tabla salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de junio de 2020.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez Barbero.
Madrid, a 28 de febrero de 2020.
ASISTENTES
Por la representación empresarial:
1. Doña Susana Ortega Castillo (Director de Recursos Humanos).
2. Don Alberto Huertas Sánchez (Resp. Admón. Personas y Beneficios).
Por parte del comité de empresa:
1. Doña Beatriz Gutiérrez Pavón.
2. Don Alfonso Rafael García Bastante.
En la sede de Alain Afflelou España, SAU (en adelante, la «Empresa»), sita en el Paseo de la Castellana número 89, siendo las 18:00 horas, se reúnen las personas arriba indicadas, en la representación que se indica.
Ambas partes actúan con la misma legitimación que consta en el acta de constitución de la mesa negociadora del presente convenio, de fecha 3 de diciembre de 2012, a cuyo contenido íntegro se remiten.
La reunión tiene por objeto tratar las tablas salariales aplicables en el año 2019, según indica el artículo 16 del Convenio Colectivo de la Empresa (código de convenio número 90101442012013).
Se declara abierta la sesión, pasándose seguidamente al estudio, debate y aprobación de los siguientes
ACUERDOS
I. Aprobación de las tablas salariales para el año 2019
El artículo 16 del Convenio Colectivo de la Empresa, suscrito el 14 de marzo de 2013, dispone:
Se establece un incremento anual de las tablas del salario base de la siguiente manera:
– Año 2013: No habrá incremento alguno.
– Año 2014: No habrá incremento alguno.
– Años 2015, 2016 y 2017: se establecerá un incremento siempre que Alain Afflelou España, SAU, obtenga un incremento en las ventas netas tomando como referencia las ventas netas del año 2011 en los porcentajes que a continuación se detallan:
• Si el incremento en las ventas va del 3,1 al 7 por ciento: se establecerá un incremento de las tablas salariales de 0,5 %.
• Si el incremento en las ventas va del 7,1 al 10 por ciento: se establecerá un incremento de las tablas salariales en un 0,75 %.
• Si el incremento en las ventas es superior al 10 por ciento: se establecerá un incremento de las tablas salariales en un 1,5 %.»
La Empresa manifiesta haber obtenido un incremento superior al 25,90 % en sus ventas netas, tomando como referencia las ventas netas del año 2011.
En consecuencia, procede una subida salarial para el año 2019 del 1,5 % y, por unanimidad, se aprueba la tabla salarial para 2019 que figura en el anexo a esta acta.
II. Publicación del acta
Se acuerda delegar en don Alberto Huertas Sánchez, el registro de la presente acta para su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Y para que así conste, ambas partes suscriben el presente documento por duplicado ejemplar en la ciudad y fecha arriba indicados.
Categoría | SBA 2019 |
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Grupo I. | 19.135,39 € |
Grupo II. | 18.752,49 € |
Grupo III. | 18.392,02 € |
Grupo IV. | 15.480,19 € |
Grupo V. | 15.029,32 € |
Grupo Vi. | 13.300,00 € |
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