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Documento BOE-A-2018-2825

Resolución de 16 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registran y publican las tablas salariales para los años 2017 y 2018 correspondientes a las provincias de Valladolid y Segovia y a la Ciudad de Melilla del Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 28 de febrero de 2018, páginas 25183 a 25185 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-2825
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/02/16/(10)

TEXTO ORIGINAL

Vistas las tablas salariales para los años 2017 y 2018 correspondientes a las provincias de Valladolid y Segovia y a la Ciudad Autónoma de Melilla del I Convenio colectivo estatal del sector laboral de restauración colectiva (código de convenio 99100165012016), publicado en el «BOE» de 22-3-2016, tablas que fueron suscritas, con fecha 24 de enero de 2018, de una parte por la asociación empresarial FEADRS, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT y CC.OO.–Servicios, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 16 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL I CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DEL SECTOR LABORAL DE RESTAURACIÓN COLECTIVA

En Madrid, siendo las 14:00 horas del día 24 de enero de 2018, se reúnen en el despacho profesional de Navarro y Asociados, sito en la calle Castelló, número 82, 6° izq., de Madrid, los representantes de la Federación Española de Asociaciones Dedicadas a la Restauración Social (FEADRS) y los sindicatos Federación Estatal de Trabajadores de Servicios de Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT) y Federación de Servicios de Comisiones Obreras, que a continuación se relacionan:

Por la representación empresarial:

Federación Española de Asociaciones Dedicadas a la Restauración Social (FEADRS):

• Javier Arenillas de los Ríos.

• Alberto Navarro Iborra.

• Ángel Varela.

• Mario Latorre Rodríguez.

• Juan José Galán.

• Natalia Taberna.

• Javier Jiménez de Eugenio (asesor).

• Salvador Navarro.

Por la representación sindical:

Federación Estatal de Trabajadores de Servicios, Movilidad y Consumo de la Unión General de Trabajadores (FeSMC-UGT):

• Amparo Moreno Cuitavi.

• Pilar Puebla Úbeda.

• David Catalán Colás.

• María José Soria Zapata.

• Leonor Velasco Contreras.

• María Luisa Soler García.

• Cesar Galiano González (asesor).

• Enrique Llamas Padrino (asesor).

Federación de Servicios de Comisiones Obreras:

• Fabiola Guerra Suárez.

• Esperanza Sánchez Carreño.

• María Jesús Gonzalez Moro.

• Janet Socas Abreu.

• M.ª Carmen Ortiz Pagés.

• Mario Morales Bautista.

• Manuel Fco. Sánchez Montero (asesor).

MANIFIESTAN Y ACUERDAN

Primero.

Las partes intervinientes se reconocen la capacidad legal necesaria y suficiente, actuando como comisión negociadora del I Convenio Colectivo Estatal del Sector de la Restauración Colectiva.

Segundo.

Autorizar a M.ª Dolores Díez a realizar los trámites oportunos para el registro

Tercero.

Firman las tablas salariales correspondientes a los territorios de Valladolid, Segovia y Melilla que se adjuntan a continuación:

Tablas salariales 2017-2018

Melilla

2016

2017

1,20%

2018

1,30%

Jefe recp jefe cocina, sala, gerente

1033,77

1046,18

1059,78

2º jefe cocina 2º jefe rest.gobernante aydte adminis

998,41

1010,39

1023,53

recepcionista aux de pisos y limpieza aux cocina

980,42

992,19

1005,08

cocinero camarero supervisor colectividades

968,81

980,44

993,18

aydte cocina aydte economato

951,20

962,61

975,13

Subsidio por matrimonio

529,52

535,87

542,84

Quebranto de moneda

87,69

88,74

89,90

Subida salarial

1,50%

1,00%

1,20%

1,30%

Territorios

2011

2015

2016

2017

2018

Melilla 2015

Manutención

61,79

62,72

63,34

64,10

64,94

Plus transporte

75,76

76,90

77,67

78,60

79,62

Segovia

Niveles y categ. s/act Host Segovia

Precio actual 2017

2018 con +1,30%

AR. FUN. 3 EST. 1 AY. CAMARERO / AY COCINA

951,37

963,74

AR. FUN. 2 EST. 1 COCINERO

999,66

1.012,66

AR. FUN. 4 EST. 1 ENCARG. GRAL

1.041,69

1.055,23

AR. FUN. 2 EST. 1 AUXILIAR COCINA

891,53

903,12

AR. FUN. 3 EST. 1 MONITOR,AUXILIAR COLECTIVIDADES

930,33

942,42

Segovia 2018

2017

2018

Manutención

34,04

34,48

Alojamiento

11,34

11,49

P. intensidad de trabajo

60,3

61,08

Valladolid

2015

2016 1,00%

2017

1,20%

2018

1,30%

Jefe de recepción, Jefe de cocina, Jefe de restaurante o sala Gobernante o Encargado general.

1194,39

1206,33

1220,81

1236,68

Encargado sección.

1194,39

1206,33

1220,81

1236,68

2º jefe de cocina, 2º jefe de restaurante o sala, Encargado de economato, Técnico de servicio (fisioterapeuta, dietista, otros ciencias salud).

1097,57

1108,55

1121,85

1136,43

Recepcionista, Administrativo, Supervisor de colectividades.

1068,04

1078,72

1091,67

1105,86

Auxiliar de colectividades, Auxiliar de mantenimiento y servs. Auxiliares Monitor-cuidadorColectividades.

1025,85

1036,11

1048,54

1062,17

Cocinero, Especialista de mantenimiento y servs. Auxiliares, Camarero.

1025,85

1036,11

1048,54

1062,17

Aydte. Administrativo, Aydte. de cocina, Aydte. de economato, Aydte. de Camarero, Auxiliar de pisos y limpieza, Auxiliar de cocina.

923,82

933,06

944,25

956,53

2015

2016

1,50%

1%

Plus minusvalidos.

49,42

50,01

50,66

48,93

49,42

Plus idiomas.

20,48

20,73

21,00

20,28

20,48

Premio de natalidad * hijo.

60,98

61,72

62,52

60,38

60,98

Premio de nupcialidad +18 meses.

121,98

123,44

125,05

120,77

121,98

Premio de nupcialidad +12 meses.

113,87

115,23

116,73

112,74

113,87

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/02/2018
  • Fecha de publicación: 28/02/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90. 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con Convenio publicado por Resolución de 24 de febrero de 2016 (Ref. BOE-A-2016-2856).
Materias
  • Comedores colectivos
  • Convenios colectivos
  • Hostelería
  • Melilla
  • Segovia
  • Valladolid

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