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Documento BOE-A-2018-12822

Resolución de 12 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del Acuerdo referente al II Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos.

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 21 de septiembre de 2018, páginas 91458 a 91459 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-12822
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/09/12/(1)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo que fue suscrito con fecha 28 de junio de 2018, referente al II Convenio colectivo de buceo profesional y medios hiperbáricos (código de convenio n.º 99017695011900), de una parte por la Asociación Nacional de Empresas de Buceo Profesional (ANEBP) en representación de las empresas del sector, y de otra, por los sindicatos CC.OO., Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC-CC.OO.), UGT, Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT) y el Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español (SAME) en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve.

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de septiembre de 2018.–La Directora General de Trabajo, P. S. (Real Decreto 903/2018, de 20 de julio), el Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL II CONVENIO COLECTIVO DE BUCEO PROFESIONAL Y MEDIOS HIPERBÁRICOS

Madrid, 28 de junio de 2018, en la sede del Instituto de la Fundación SIMA, se reúne la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Buceo Profesional y Medios Hiperbáricos, compuesta por las siguientes personas:

Por la parte empresarial:

Asociación Nacional de Empresas de Buceo Profesional (ANEBP):

D. Javier Ferrán, Presidente de la ANEBP.

D. Arturo Villazón, Vicepresidente de la ANEBP.

D. Daniel Macpherson, Secretario de la ANEBP.

D. Jeronimo García, Vocal de la ANEBP.

D. Miguel Ángel Somma, Gerente de la ANEBP.

D. Francisco Peleteiro, Abogado de la ANEBP.

Por la Representación Social:

CCOO, Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC-CCOO):

D. Marcelo Quintela.

UGT, Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT):

D. José Manuel Blanco Lojo.

Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español (SAME):

D. Mario Alfaro.

Actuando para este Acuerdo de Mesa Negociadora como Secretario para la redacción del mismo D. Daniel Macpherson, quedando autorizado para su registro.

Encontrándose válidamente constituida la Comisión Negociadora y en el desarrollo de sus competencias, quedando iniciada la sesión a las 10:30 horas, y siendo aprobados cada uno de los acuerdos por unanimidad de cada una de las representaciones, acuerdan en el punto:

Cuarto.

Que dada la avanzada fecha en la que nos encontramos, y ante las posibles dificultades que podrían suponer la entrada en vigor de la obligatoriedad de disponer de cámaras de descompresión para inmersiones a partir de 30 metros, quedando prorrogada su entrada en vigor al 2 de noviembre de 2018.

Quedando cerrada la sesión a las 14:30 del 14 de septiembre de 2017 firmando el acta los presentes a los efectos que sean oportunos.

Queda aprobado y firman:

Fdo. El Secretario.

Asistentes:

D. Javier Ferrán, D. Arturo Villazón, D. Manuel Retamales, D. Miguel Ángel Somma, D. Damián García, D. José Manuel Rosa Cerezuela, D. José Manuel Blanco Lojo, D. Luis Torcida, D. Mario Alfaro.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 12/09/2018
  • Fecha de publicación: 21/09/2018
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores:
    • con modificación de la entrada en vigor indicada, de la Resolución de 31 de octubre de 2018, por Resolución de 2 de noviembre de 2018 (Ref. BOE-A-2018-15280).
    • por Resolución de 31 de octubre de 2018 (Ref. BOE-A-2018-15047).
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 25 de enero de 2012 (Ref. BOE-A-2012-2199).
Materias
  • Actividades subacuáticas
  • Convenios colectivos

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