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El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 21 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 3848-2015, promovido por el Parlamento de Cataluña contra los artículos 20; 35.1; 36.1, 2, 8, 22 y 23; 37.7 y la disposición final primera de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
Madrid, 21 de julio de 2015.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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