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Documento BOE-A-2014-635

Resolución de 20 de enero de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se modifica la de 31 de mayo de 2013, por la que se establecen las condiciones de uso de La Plataforma Electrónica de intercambio de información denominada "Emprende en 3".

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2014, páginas 3746 a 3750 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2014-635
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/01/20/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, aprobó el pasado 31 de mayo, por resolución publicada en el «Boletín Oficial del Estado», de 4 de junio de 2013, las condiciones de uso de La Plataforma Electrónica de intercambio de información «Emprende en 3», con el objeto de reducir, en la medida de lo posible, las trabas administrativas con las que se enfrenta el ciudadano a la hora de la creación de empresas, en conformidad con las previsiones de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. Dicha resolución contempla los aspectos necesarios para el adecuado funcionamiento del proyecto denominado Emprende en 3, tales como el procedimiento de adhesión, el modelo tipo de declaración responsable, los acuerdos de servicio asumidos, los recursos de información disponibles, o las responsabilidades de seguridad.

Tras una primera fase de expansión del proyecto, se hace necesaria la flexibilización de las condiciones de uso para incorporar, de forma explícita, los aspectos particulares de las distintas normativas autonómicas que pudieran suponer una ampliación a las bases de la ley estatal, en materia de inexigibilidad de licencias urbanísticas para el sector del comercio minorista y determinados servicios, en aras de agilizar el emprendimiento en todo el territorio nacional. De este modo, se garantizará que el proyecto Emprende en 3 tenga la máxima implantación entre los municipios de las distintas comunidades autónomas, adaptándose a sus necesidades en cuanto a inexigibilidad de licencias y asegurando de este modo el cumplimiento de su normativa.

En consecuencia, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en colaboración con las Administraciones Autonómicas, y con el fin de que la Resolución de 31 de mayo de 2013 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, relativa a las condiciones de uso de la plataforma electrónica «Emprende en 3» pueda recoger las particularidades de las normativas autonómicas en materia de inexigibilidad de licencias urbanísticas para el sector del comercio minorista y determinados servicios, resuelve:

Primero.

Se modifica el anexo de la Resolución de 31 de mayo de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se establecen las condiciones de uso de La Plataforma Electrónica de intercambio de información «Emprende en 3» en los siguientes puntos:

1. Aceptar y utilizar el modelo de declaración responsable adjunto como anexo a estas «condiciones de uso», de conformidad con las previsiones de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y de Determinados Servicios, así como sus sucesivas modificaciones. En el caso de que de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional décima de la citada Ley, exista un modelo de declaración responsable específico y aprobado por la normativa autonómica correspondiente, éste será incluido en la plataforma electrónica «Emprende en 3».

En colaboración con las Administraciones de las comunidades autónomas, la plataforma tecnológica Emprende en 3 establecerá los mecanismos que garanticen la adecuada información al emprendedor sobre la normativa de aplicación en los correspondientes territorios, y el acceso a los correspondientes modelos.

2. No solicitar ninguna otra documentación que la mencionada en el apartado anterior de este documento, o bien, la exigida por la normativa autonómica específica en los supuestos de aplicación.

3. Adaptar su normativa propia al nuevo marco jurídico establecidos por la Ley 12/2012 y/o por la correspondiente normativa autonómica de aplicación, a cuyo efecto se pondrá a disposición la Ordenanza Tipo prevista y adoptada de acuerdo con la Disposición Adicional Primera número 2 de la misma, así como a sus sucesivas modificaciones, y/o cualesquiera otros documentos facilitados por las Administraciones Públicas con el fin de facilitar el ejercicio de la actividad en su ámbito territorial.

4. Colaborar con la Administración General del Estado, con las respectivas Administraciones Autonómicas y con la Federación Española de Municipios y Provincias, en todo lo necesario para el óptimo funcionamiento de la plataforma electrónica «Emprende en 3», así como en la actualización permanente del Modelo de Declaración Responsable anexo a las presentes «condiciones de uso», con vistas a los destinatarios de la plataforma citada y siguiendo criterios de racionalidad y de eficiencia de las Administraciones Públicas.

5. Garantizar el correcto ejercicio de los derechos de los ciudadanos y de las empresas a llevar a cabo su actividad empresarial o comercial y disponer, para ello, de los medios materiales y personales que resulten adecuados. En este sentido, asegurar, especialmente, que cualquier solicitud, escrito o comunicación que reciban a través de los servicios de administración electrónica asociados a la plataforma electrónica «Emprende en 3» y localizados en el Portal de la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios, el Portal de Entidades Locales de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas o en cualesquiera otros portales mencionados en el apartado primero de esta Resolución, se tramite de acuerdo con los siguientes criterios:

a) La aceptación de cualquier solicitud, escrito o comunicación del destinatario de la plataforma, recibida dentro del horario de atención ciudadana, se producirá, en todo caso, dentro de las 24 horas siguientes a la recepción.

b) La gestión de la declaración responsable, incluyendo la del pago de tasas, precio público o contraprestación económica correspondiente y las comunicaciones pertinentes, de conformidad con la normativa de aplicación en el territorio de que se trate, se realizará en plazo máximo de 3 días hábiles, salvo en el caso de demora no imputable a los servicios de la entidad local.

c) Las comunicaciones de cualquier naturaleza que los usuarios de la plataforma «Emprende en 3» dirijan a los destinatarios deberán constar en la plataforma en alguna de las maneras que esta provea.

6. Mantener permanentemente actualizada la información que los servicios de atención al ciudadano de cualquier Administración necesiten consultar para suministrarla a los ciudadanos y empresas por cualquier canal de atención, o que los órganos de la Administración General del Estado o de las Administraciones Autonómicas precisen para el desarrollo de las funciones relacionadas con la plataforma «Emprende en 3», especialmente, las vinculadas a la Ventanilla Única de la Directiva de Servicios y a la Red CIRCE de creación de empresas.

En todo caso, esta información se referirá a las tasas y otros tributos correspondientes al inicio y ejercicio de la actividad, así como a las actividades y supuestos de inexigibilidad de licencias que la normativa autonómica correspondiente haya ampliado haciendo uso de las facultades que le confiere la disposición final décima de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre.

7. Mantener actualizada, de forma continua, la relación de usuarios de la plataforma «Emprende en 3» autorizados en el Portal de Entidades Locales para la atención de los servicios de la misma, así como proveer a los citados usuarios los mecanismos de acceso necesarios, tales como microinformática, conexión a Internet y en su caso acceso al Sistema de Aplicaciones y Redes de las Administraciones (Red Sara). A efectos de dicha actualización deberá ajustarse a las instrucciones de los manuales a que se refiere el punto 9.

8. Hacer un uso responsable de los datos de carácter personal contenidos en las solicitudes, escritos o comunicaciones recibidas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo.

Especialmente, deberán advertir que tales datos podrán ser comunicados a otros órganos de la Administración que tengan atribuidas competencias relacionadas con el objeto de dichas solicitudes, salvo manifestación expresa en contrario del interesado en el procedimiento.

9. Cumplir las instrucciones técnicas de los manuales de uso de la plataforma electrónica «Emprende en 3», que serán publicadas en el Portal de Entidades Locales de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

En especial, responsabilizarse del buen uso y gestión del software y plataforma utilizada y de cualquier daño y perjuicio directo o indirecto que provenga del mal empleo de los componentes o de la no disponibilidad del servicio.

Segundo.

Se modifica el Documento de Adhesión de los Entes Locales, de la Resolución de 31 de mayo de 2013 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

DOCUMENTO DE ADHESIÓN DE LOS ENTES LOCALES

D. (NOMBRE, APELLIDOS Y CARGO QUE OCUPA), EN REPRESENTACIÓN DE (NOMBRE DE LA ENTIDAD LOCAL) DECLARA:

Que el Pleno/Junta de Gobierno de la Corporación, en su sesión de xx/xx/xxxx, ha acordado, su adhesión a la plataforma electrónica «Emprende en 3» de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, prevista en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2013.

En tal sentido, MANIFIESTA:

Que el Pleno/Junta de Gobierno que representa conoce y acepta las «Condiciones de Uso» de la plataforma, aprobadas por Resolución de xx/xx/xxxx de la citada Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, y en consecuencia:

1. Aceptará y utilizará el Modelo de Declaración Responsable adjunto como Anexo a las mencionadas «Condiciones de Uso», de conformidad con las previsiones de las Leyes 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, así como sus sucesivas modificaciones, y/o el modelo de declaración responsable aprobado por la normativa autonómica de aplicación, en conformidad a la disposición adicional décima de la citada Ley.

2. No solicitará ninguna otra documentación que la mencionada en el apartado anterior de este documento, la exigida por la normativa autonómica específica en los supuestos de aplicación.

3. Adaptar su normativa propia al nuevo marco jurídico establecidos por la Ley 12/2012, a cuyo efecto se pondrá a su disposición la Ordenanza Tipo prevista y adoptada de acuerdo con la disposición adicional primera número 2 de la misma, así como a sus sucesivas modificaciones o a la normativa específica de cada Comunidad Autónoma que corresponda.

4. Mantendrá permanentemente actualizada la información a la que se refiere el punto 6 de las condiciones de uso de la plataforma, en la sección de adhesiones de la misma.

5. Hará un uso responsable de la plataforma de acuerdo con la normativa de protección de datos de carácter personal, especialmente advirtiendo a los usuarios de la citada plataforma de que sus datos serán cedidos estrictamente para el trámite de su solicitud salvo manifestación expresa en contrario.

(Lugar y fecha)

(Antefirma y firma)

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de enero de 2014.–El Secretario de Estado de Administraciones Públicas, Antonio Germán Beteta Barreda.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 20/01/2014
  • Fecha de publicación: 22/01/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 23/01/2014
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo y el documento indicado de la Resolución de 31 de mayo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-5889).
  • DE CONFORMIDAD con la Ley 12/2012, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2012-15595).
Materias
  • Acceso a la información
  • Actividades económicas
  • Administración electrónica
  • Administración Local
  • Comercio
  • Documentos públicos
  • Empresas
  • Procedimiento administrativo
  • Redes de telecomunicación
  • Secretaría de Estado de Administraciones Públicas

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