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Documento BOE-A-2014-524

Resolución de 14 de enero de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se modifica la de 20 de julio de 2012, por la que se establecen las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 2014, páginas 2959 a 2960 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2014-524
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2014/01/14/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 20 de julio de 2012, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado del Deuda Pública del Reino de España, regula las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado de Deuda Pública del Reino de España. Además, esa norma habilita a esta Secretaría General para establecer las condiciones en que los Creadores de Mercado desempeñarán las funciones que se les encomienda, de las que podrán derivar especialidades en el procedimiento de emisión y suscripción de la Deuda del Reino de España.

En concreto, en la mencionada Resolución se definen los derechos de los Creadores de Mercado de la Deuda del Estado. La Orden ECC/1/ 2014, de 2 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2014 y enero de 2015 y se recogen las cláusulas de Acción Colectiva normalizadas, contempla en su artículo 5º como posible procedimiento de emisión, las operaciones de venta simple. La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, considera necesario modificar la actual Resolución de los Creadores de Mercado del Deuda Pública del Reino de España para dar cabida explícitamente a este tipo de operativa.

En virtud de lo anterior, he dispuesto:

Modificación de la Resolución de 20 de julio de 2012, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se establecen las condiciones de actuación de los Creadores de Mercado del Deuda Pública del Reino de España.

Primero.

a) Se sustituye el punto 4 del artículo quinto. Derechos de los Creadores de Mercado de Bonos y Obligaciones:

«4. Otras operaciones de gestión de la Deuda: la condición de Creador de Mercado de Bonos y Obligaciones del Estado será valorada en la elección de contrapartidas para otras operaciones de colocación y gestión de Deuda que pueda realizar la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, tales como las operaciones de venta simple, las emisiones sindicadas en euros, las operaciones de permuta financiera o las emisiones en divisas.»

b) Se sustituye el punto 3 del artículo séptimo. Derechos de los Creadores de Mercado de Letras.

«3. Otras operaciones de gestión de Deuda y tesorería: la condición de Creador de Mercado de Letras será valorada en la elección de contrapartidas para otras operaciones de colocación y gestión de Deuda y tesorería que pueda realizar la Tesorería General del Tesoro y Política Financiera tales como las operaciones de venta simple o las subastas de liquidez del Tesoro. La Secretaría General del Tesoro y Política Financiera podrá otorgar mediante resolución el acceso en exclusiva de los Creadores de Mercado de Letras a las subastas de liquidez del Tesoro siempre que cumplan los requisitos exigidos para su participación en estas subastas.»

Disposición final única.

La presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de enero de 2014.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Iñigo Fernández de Mesa Vargas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/01/2014
  • Fecha de publicación: 18/01/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 18/01/2014
  • Fecha de derogación: 18/09/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 21 de julio de 2017 (Ref. BOE-A-2017-8934).
Referencias anteriores
  • MODIFICA los arts. 5.4 y 7.3 de la Resolución de 20 de julio de 2012 (Ref. BOE-A-2012-10061).
  • DE CONFORMIDAD con la Orden ECC/1/2014, de 2 de enero (Ref. BOE-A-2014-289).
Materias
  • Deuda Pública
  • Dirección General del Tesoro y Política Financiera
  • Política económica
  • Tesoro Público

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