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Documento BOE-A-2013-10723

Resolución de 4 de octubre de 2013, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se modifica el anexo I, de la de 16 de noviembre de 2011, por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Publicado en:
«BOE» núm. 247, de 15 de octubre de 2013, páginas 83690 a 83692 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2013-10723
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2013/10/04/(2)

TEXTO ORIGINAL

El apartado segundo de la Resolución de 16 de noviembre de 2011, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), por la que se crea y regula el Registro Electrónico de la CNMV contempla la posibilidad de aprobar y modificar la relación de solicitudes, escritos y comunicaciones, correspondientes a servicios, procedimientos y trámites específicos, que conforme a lo previsto en la letra a) del artículo 24 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, pueden presentarse en el Registro Electrónico de la CNMV. El anexo I de la citada Resolución recoge la relación de trámites mediante documentos electrónicos normalizados susceptibles de ser presentados ante el Registro Electrónico de la CNMV. Este anexo I fue ya modificado por Resoluciones de la CNMV de 28 de febrero de 2012 y 31 de octubre de 2012.

El apartado 2 del artículo 21 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos, establece que las condiciones finales, cuando no figuren en el folleto de base ni en un suplemento, deberán facilitarse a los inversores y se depositarán en la CNMV con motivo de cada admisión a negociación tan pronto como sea factible para la persona que solicita la admisión y, si es posible, antes del comienzo de la oferta pública o de la admisión a negociación. Para el caso de la emisión de pagarés, y solo para aquellos con plazo de vencimiento de doce meses o superior según modificación del apartado 2 del artículo 22 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos, introducida por el apartado 11 del artículo primero del Real Decreto 1698/2012, 21 diciembre, es oportuno, por razones de rapidez y eficacia, que el depósito de las condiciones finales en la CNMV se realice en su Registro Electrónico, como documentos electrónicos normalizados, a través del servicio CIFRADOC/CNMV.

También, la Circular 4/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que establece los modelos de informe anual de remuneraciones de los consejeros de sociedades anónimas cotizadas y de los miembros del consejo de administración y de la comisión de control de las cajas de ahorros que emitan valores admitidos a negociación en mercados oficiales de valores, señala en su norma cuarta que los citados informes se presentarán en el Registro Electrónico de la CNMV, como documentos electrónicos normalizados, a través del servicio CIFRADOC/CNMV.

Procede, por lo tanto, modificar de nuevo el anexo I de la Resolución de 16 de noviembre de 2011, de la CNMV, con el fin de incorporar estos dos nuevos trámites.

Por todo lo anterior, resuelvo:

Primero.

Se incorporan a la relación del anexo I de la Resolución de la CNMV, de 16 de noviembre de 2011, modificada por la Resolución de 28 de febrero de 2012 y por la Resolución de 31 de octubre de 2012, los siguientes trámites:

Código

Descripción

CFP

Condiciones Finales de Pagarés.

IRC

Informe de Remuneraciones de Consejeros.

El modelo de comunicación normalizada para la cumplimentación del trámite CFP deberá contener la información determinada en el «modelo de las condiciones finales» que se ha de incluir en el folleto de base según lo establecido por el artículo 22.5.1bis del Reglamento de la Comisión Europea n.º 809/2004, de 29 de abril de 2004, según redacción dada por el Reglamento Delegado n.º 486/2012, de 30 de marzo de 2012. Igualmente, cuando la emisión sea de valores con nominal unitario inferior a 100.000 euros, se adjuntará a las condiciones finales el resumen de la emisión cuyo contenido se establece en el artículo 24.3 del Reglamento de la Comisión Europea n.º 809/2004, de 29 de abril de 2004, tal y como éste ha quedado modificado por el citado Reglamento Delegado n.º 486/2012.

Los modelos de comunicación normalizada para la cumplimentación del trámite IRC se hallan en los anexos I y II de la Circular 4/2013, de 12 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

El anexo I de la Resolución de la CNMV, de 16 de noviembre de 2011, modificado se incorpora como Anexo a esta Resolución.

Disposición final única.

La presente disposición entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de octubre de 2013.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.

ANEXO
Anexo I de la Resolución de la CNMV, de 16 de noviembre de 2011, modificado por la Resolución de 28 de febrero de 2012, por la Resolución de 31 de octubre de 2012 y por la Resolución de 4 de octubre de 2013

Trámites mediante documentos electrónicos normalizados

Código

Descripción

ADA

Certificaciones complementarias de admisiones.

CAA

Cuentas anuales auditadas de sociedades cotizadas.

CAE

Cuentas anuales auditadas e Informe complementario de las ESI y sus grupos consolidables.

CAG

Cuentas anuales auditadas de las SGIIC.

CAI

Cuentas anuales auditadas de las IIC.

CDD

Cuadros de difusión de ofertas públicas.

CAP

Comunicación de acciones propias (autocartera).

CDT

Comunicación de Transacciones.

CFP

Condiciones Finales de Pagarés.

COS

Comunicación de Operaciones Sospechosas.

CSI

Consejeros de Sociedades de Inversión.

ECI

Estados contables y estadísticos de Sociedades Gestoras de IIC.

ECR

Estados financieros de Entidades de Capital Riesgo.

ECS

Estados financieros de los grupos consolidables de Sociedades y Agencias de Valores.

EEI

Estados Estadísticos de IIC extranjeras.

EFF

Estados financieros de Fondos y Sociedades de Inversión Inmobiliaria.

EFI

Estados financieros de Fondos y Sociedades de Inversión Mobiliaria.

EFS

Estados financieros de Sociedades y Agencias de Valores y Sociedades Gestoras de Cartera.

EGC

Estados contables y estadísticos de las Sociedades Gestoras de Entidades de Capital Riesgo.

EIT

Extractos de Informes de Tasación.

ERI

Estatutos y reglamentos de IIC.

ESR

Estados de información reservada y pública de las Sociedades Rectoras.

FAI

Función de auditoría interna.

FOI

Folletos de IIC.

FTA

Informes de Fondos de Titulización.

HSR

Hecho Significativo o Relevante.

IAA

Informe anual de autoevaluación de las ESI y sus grupos consolidables.

ICI

Informe de control interno de las ESI y sus grupos consolidables.

IEE

Informe de experto EAFI personas físicas.

IGC

Informe anual de Gobierno Corporativo.

IPA

Informe de auditores sobre la protección de activos de las ESI y entidades financieras.

IPE

Informes Periódicos de IIC.

IPP

Información Pública Periódica (trimestrales y semestrales) de Entidades Emisoras de valores admitidos a negociación.

IRC

Informe de Remuneraciones de Consejeros.

IRE

Información reservada anual de las ESI.

ISD

Informes Semestrales de Depositarios.

NDA

Negociación diaria del mercado AIAF.

NVI

Nota de Valores de emisión individual de Renta Fija.

OIF

Estados estadísticos sobre activos y pasivos de las IIC de la U.E.

PCO

Notificación de posiciones cortas.

PGE

Colocación de Pagarés.

PSC

Participaciones Significativas en Sociedades cotizadas.

PSI

Participaciones Significativas en IIC.

RIX

Registro de Instituciones de Inversión Colectiva Extranjeras.

RPE

Representantes de Empresas de Servicios de Inversión.

SCM

Solicitud de excepción a notificar Participaciones Significativas aplicable a los creadores del mercado.

SLT

Solicitud de autorización a Liquidación de Tasas por vía telemática.

TAR

Folleto informativo de Tarifas.

TAS

Liquidación de Tasas por vía telemática.

TIT

Información de Gestoras de Titulización.

UME

Información estadística para Unión Monetaria Europea.

ZZZ

Envío de un documento con formato libre.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/10/2013
  • Fecha de publicación: 15/10/2013
  • Fecha de entrada en vigor: 16/10/2013
Referencias anteriores
Materias
  • Administración electrónica
  • Comisión Nacional del Mercado de Valores
  • Registros telemáticos

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