Habiéndose advertido errores materiales en el texto la Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Metodología de Distribución de Recursos y de Determinación de las Aportaciones de las Diputaciones Forales a la Financiación de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma del País Vasco aplicable al período 2007-2011, insertada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 70, de 12 de abril de 2007, se procede a su subsanación, con arreglo al texto del anexo adjunto.
En consecuencia, se publican los anexos I y II.
Gastos a financiar en 2007
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Diputaciones Forales |
Gobierno vasco |
Total |
---|---|---|---|
1. GASTOS A FINANCIAR CON INGRESOS DERIVADOS DE LA GESTIÓN DEL CONCIERTO |
12.908.242.052 |
8.016.677.128 |
|
2. DEDUCCIONES |
-9.544.446.608 |
-153.153.748 |
|
Cupo líquido al Estado y compensaciones 2007 |
-1.453.378.800 |
|
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Liquidación Cupo y compensaciones 2006 |
-119.390.680 |
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Acuerdo primero Comisión Mixta de Concierto |
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Económico de 6 de octubre de 2005 |
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-43.592.150 |
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Policía Autónoma |
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-38.239.980 |
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Aportaciones a la CAPV |
-8.016.677.128 |
|
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Políticas art. 22.3 L.T.H. |
|
-26.321.618 |
|
Nueva financiación municipal (1) |
45.000.000 |
-45.000.000 |
|
3. GASTOS A FINANCIAR |
3.363.795.444 |
7.863.523.380 |
11.227.318.824 |
COEFICIENTE RESULTANTE |
29,96 % |
70,04 % |
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(1) Contribución del Gobierno Vasco. |
Concepto |
Indicador |
---|---|
Retenciones trabajo personal. |
Sueldos y salarios. |
Cuota diferencial IRPF. |
(1). |
Retenciones de capital, pagos fraccionados y sociedades. |
Excedente neto de explotación. |
Total IVA (gestión propia + ajustes). |
Indice de aportación. |
Impuesto especial sobre medios de transporte. |
N.º de turismos matriculados. |
Total impuestos especiales fabricación (gestión propia + ajustes). |
Índice de aportación. |
Impuesto sobre ventas minoristas de determinados hidrocarburos. |
Índice de aportación. |
(1) El importe correspondiente a la cuota diferencial neta del IRPF se atribuirá proporcionalmente a cada uno de los componentes de la recaudación de dicho impuesto. |
[Publicada en el «Boletín Oficial del País Vasco» número 80, de 26 de abril de 2007. Esta ley se publica en su redacción original aprobada por el Parlamento Vasco, de conformidad con lo previsto en el artículo 27.5 del Estatuto de Autonomía del País Vasco y el artículo 6.1.b) del Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de su vigencia actual]
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