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Documento BOE-A-2010-8929

Orden DEF/1453/2010, de 25 de mayo, por la que se regula el procedimiento para convocar procesos de selección de proyectos de I+D de interés para Defensa, en el ámbito del programa Coincidente.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 4 de junio de 2010, páginas 48327 a 48329 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2010-8929
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2010/05/25/def1453

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Defensa, consciente del alto interés que para las pequeñas y medianas empresas, universidades y organismos de las diferentes administraciones públicas suponen los temas de I+D, ha estado llevando a cabo desde sus inicios una política de adscripción de fondos propios a actividades de I+D. Esta labor ha situado a este departamento ministerial en línea con sus homólogos en los países de la Unión Europea en cuanto a la incentivación de la investigación científica y el desarrollo tecnológico.

El Programa de Cooperación en Investigación Científica y Desarrollo en Tecnologías Estratégicas (programa Coincidente) tiene como objetivo aprovechar las tecnologías desarrolladas en el ámbito civil que puedan ser de aplicación en proyectos de interés para el Ministerio de Defensa.

En este marco, el Ministerio de Defensa, para seguir manteniéndose en la vanguardia de I+D, considera necesario establecer un procedimiento que le permita recabar toda la información posible sobre el panorama, lo más actualizado posible, de todos los proyectos de I+D que se estén llevando a cabo en los diferentes ámbitos civiles, especialmente en determinadas áreas tecnológicas, con la intención última de que, si son de su interés, se puedan iniciar los procedimientos de contratación necesarios para su adquisición, conforme con la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, dentro del mencionado programa Coincidente, y procediéndose a su adaptación a las funcionalidades militares antes de incorporarlas a los sistemas de armas.

Con esta disposición se pretende, además, incentivar a las empresas, universidades y organismos de las diferentes administraciones públicas a que alcancen un nivel tecnológico más elevado, que permita asimismo la satisfacción de determinadas capacidades militares.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

Esta orden ministerial tiene por objeto regular las bases de las convocatorias de procesos de selección de proyectos de I+D de interés para Defensa, susceptibles de ser incluidos en el ámbito del programa Coincidente, en las áreas tecnológicas de interés para el Ministerio de Defensa, y que sean proyectos de I+D tendentes al desarrollo de un demostrador con funcionalidad militar.

Artículo 2. Órgano competente.

La Dirección General de Armamento y Material (DGAM) es el órgano directivo del Ministerio de Defensa competente para preparar las convocatorias, proceder a su publicación y seleccionar los proyectos de I+D de interés para la Defensa en los términos del artículo anterior.

Artículo 3. Participantes.

Podrán concurrir a las convocatorias las siguientes entidades:

a) Las empresas,

b) las universidades,

c) los centros privados de investigación sin ánimo de lucro,

d) los centros tecnológicos,

e) los Organismos Públicos de Investigación definidos y regulados mediante la Ley 13/1986, de 14 de abril de 1986, de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica,

f) otras entidades de derecho público previstas en el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no mencionadas anteriormente,

g) las agrupaciones o asociaciones de empresas,

h) otros organismos públicos o privados cuya actividad pueda interesar al Ministerio de Defensa y, en general,

i) todas las personas físicas o jurídicas con aptitud para contratar con el sector público en los términos previstos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y normas que la desarrollan.

Artículo 4. Bases reguladoras.

1. La convocatoria para la presentación de proyectos se realizará mediante resolución del órgano competente que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado». Se le dará, asimismo, publicidad en la página «web» del Ministerio de Defensa (DGAM, I+D, Programa Coincidente).

2. La convocatoria especificará:

a) Las áreas tecnológicas de interés para Defensa, en función de las necesidades que estime este Departamento Ministerial,

b) la documentación que debe acompañar al proyecto a presentar y

c) las fechas en las que se deberán presentar los proyectos de I+D.

3. Los proyectos deben suponer una novedad tecnológica significativa, que satisfaga una necesidad real o potencial del Ministerio de Defensa.

4. Los proyectos presentados podrán proceder de proyectos que hayan obtenido financiación o cualquier otro tipo de ayuda proveniente de cualquier organismo público o privado.

5. Las propuestas de proyectos de I+D deberán presentarse en el registro de la Subdirección General de Tecnología y Centros de la DGAM.

6. La documentación será evaluada por el Sistema de Observación y Prospectiva Tecnológica (SOPT) de la Subdirección General de Tecnología y Centros (SDG TECEN). La SDG TECEN, teniendo en cuenta los informes técnicos emitidos por el SOPT, propondrá al Director General de Armamento y Material (DIGAM), aquellos proyectos de interés para el Ministerio de Defensa, dentro del programa Coincidente.

Disposición adicional única. Contratación de proyectos.

1. El Director General de Armamento y Material, a la vista de la propuesta de la SDG TECEN, podrá iniciar los procedimientos de contratación que sean necesarios, con arreglo a lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y normas que la desarrollan.

2. En estos contratos, en los aspectos concernientes a la propiedad intelectual e industrial, deberán figurar las consideraciones siguientes:

a) El Ministerio de Defensa detentará el derecho de uso del objeto del contrato para sus propios fines.

b) En cuanto a la propiedad intelectual e industrial, se preservarán los derechos del Ministerio de Defensa, que serán proporcionales a su aportación.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden ministerial.

Disposición final primera. Concesión de facultades.

Se faculta al Director General de Armamento y Material para que dicte, en el ámbito de sus competencias, las instrucciones y órdenes de servicio necesarias para el cumplimiento de esta orden ministerial, en orden a las convocatorias de ofertas de proyectos de I+D susceptibles de ser incluidos en el ámbito del programa Coincidente.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 25 de mayo de 2010.–La Ministra de Defensa, Carme Chacón Piqueras.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 25/05/2010
  • Fecha de publicación: 04/06/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 05/06/2010
  • Fecha de derogación: 01/10/2017
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
Materias
  • Centros tecnológicos
  • Cooperación militar
  • Desarrollo tecnológico
  • Dirección General de Armamento y Material
  • Empresas
  • Investigación científica
  • Ministerio de Defensa
  • Programas
  • Universidades

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