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Documento BOE-A-2008-4292

Resolución de 15 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial correspondiente al año 2008, del Convenio colectivo de Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A.

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 5 de marzo de 2008, páginas 13500 a 13501 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2008-4292
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/02/15/(9)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial correspondiente al año 2008 del Convenio Colectivo de la empresa Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A.-DIA-, publicado en el B.O.E. de 30-08-2006 (Código de Convenio n.º 9016032), revisión que fue suscrita con fecha 29 de enero de 2008 por la Comisión Paritaria del Convenio, en la que están integradas la Dirección de la empresa y la representaciones sindicales de FETICO, CC.OO. y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de la empresa y de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 15 de febrero de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta de la Comisión Paritaria

En Madrid, siendo las 10:15 horas del día 29 de enero del 2008 se reúnen los miembros de la comisión paritaria relacionados al margen, para establecer la revisión salarial y aplicación del incremento salarial, conforme a lo establecido en los artículos 45 y 46 del Convenio Colectivo de la empresa Distribuidora Internacional de Alimentación, S.A

Por la Dirección de la Empresa: Doña Olga Rico Santiago.

Don José Manuel Castaño Sánchez.

Representación social: Por la representación de FETICO. Doña María Jesús Vázquez.

Doña Pilar Casero. Doña Susana Cedillo.

Por la representación de UGT: Doña Belén Fernández Fonseca.

Don Javier Jimenez.

Por la representación de CCOO: Doña Aurora Richarte Jiménez.

Doña Maribel Juarez Vegas.

La comisión paritaria, tras confirmar que el IPC real oficial del año 2007 ha sido del 4.2% y que se ha aplicado en el año 2007 un incremento del 2.2 %, concluye que procede efectuar una revisión del 2.2%, para garantizar dos décimas sobre el IPC real, a los salarios base grupo y personal, antigüedad, inventarios, horas extraordinarias, bolsa de vacaciones, dietas y kilometraje, según lo estipulado en el artículo 46 del convenio colectivo, para que sirva de base para el cálculo del incremento del año 2008. La revisión salarial se aplicará con efectos retroactivos a uno de enero de 2007 sobre el salario base grupo, salario base personal y antigüedad y se abonará en la nómina del mes de febrero.

Así pues, las tablas definitivas del año 2007 son las siguientes:

Grupo

Módulo A

Módulo B

Módulo C

Módulo D

Módulo E

Módulo F

Módulo G

Módulo H

Módulo I

Mandos

13.186,61

13.435,20

14.182,00

14.803,47

15.300,65

16.172,79

16.669,96

17.634,02

17.948,41

Técnicos

12.439,80

12.674,81

13.378,80

13.965,80

14.434,77

15.256,78

15.725,75

16.635,50

16.932,13

Especialistas

11.735,82

11.957,25

12.621,54

13.175,12

13.617,98

14.392,99

14.835,85

15.693,37

15.973,29

Profesionales

11.071,53

11.280,43

11.907,12

12.429,36

12.847,15

13.578,29

13.996,09

14.804,52

15.068,77

Para el personal con categoría de mozo de almacén, incluido en el Grupo IV, los salarios bases grupo definitivos en el año 2007 quedan fijados en las siguientes cantidades:

Almacenes

Salario 2007

Getafe

11.280,43 €

Mejorada

11.280,43 €

Dos Hermanas

11.071,53 €

Asturias

11.280,43 €

Orihuela

11.280,43 €

Manises

11.280,43 €

Mallen

11.489,32 €

Villanubla

11.802,67 €

Antequera

11.907,12 €

Tarragona

11.280,43 €

Santiago

12.429,36 €

Mérida

12.429,36 €

Sabadell

12.847,15 €

San Antonio

12.847,15 €

El resto de conceptos del convenio, quedan fijados en el año 2007 en los siguientes importes: Antigüedad: 167,12.

Inventarios: 17,75. Bolsa Vacaciones: 14,62. Dietas: 18,80. Media Dieta: 9,40. Kilometraje: 0,21.

Igualmente y de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y a la vista de la previsión del IPC del año 2008 realizada por el gobierno (un 2%), se acuerda, que a partir de enero de 2008 se aplique un incremento del 2.2 % sobre los conceptos recogidos en el artícu-lo 45.

Las tablas aplicables en el año 2008 son las siguientes:

Grupo

Módulo A

Módulo B

Módulo C

Módulo D

Módulo E

Módulo F

Módulo G

Módulo H

Módulo I

Mandos

13.476,72

13.730,77

14.494,01

15.129,15

15.637,26

16.528,59

17.036,70

18.021,97

18.343,28

Técnicos

12.713,48

12.953,66

13.673,13

14.273,04

14.752,33

15.592,43

16.071,72

17.001,48

17.304,64

Especialistas

11.994,01

12.220,31

12.899,22

13.464,97

13.917,58

14.709,64

15.162,24

16.038,63

16.324,71

Profesionales

11.315,10

11.528,60

12.169,07

12.702,81

13.129,79

13.877,01

14.304,00

15.130,22

15.400,28

Para el personal con categoría de mozo de almacén, incluido en el Grupo IV, los salarios bases grupo en el año 2008 quedan fijados en las siguientes cantidades:

Almacenes

Salario 2008

Getafe

11.528,60 €

Mejorada

11.528,60 €

Dos Hermanas

11.315,10 €

Asturias

11.528,60 €

Orihuela

11.528,60 €

Manises

11.528,60 €

Mallen

11.742,09 €

Villanubla

12.062,33 €

Antequera

12.169,07 €

Tarragona

11.528,60 €

Santiago

12.702,81 €

Mérida

12.702,81 €

Sabadell

13.129,79 €

San Antonio

13.129,79 €

Para el resto de conceptos del convenio en el año 2008, queda fijado en los siguientes importes: Antigüedad: 170,8.

Inventarios: 18,14. B. vacaciones: 14,95. Dietas: 19,22. Media dieta: 9,61. Kilometraje: 0,21.

Se faculta a Don José Manuel Castaño Sánchez para que realice las gestiones y trámites precisos en orden al deposito, registro y publicación de lo aquí acordado, y en prueba de conformidad con cuánto antecede firman el presente acta los miembros de la comisión paritaria.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 15/02/2008
  • Fecha de publicación: 05/03/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 26 de julio de 2006 (Ref. BOE-A-2006-15233).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Establecimientos comerciales

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