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Documento BOE-A-2008-12519

Resolución de 4 de julio de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial para el año 2008 del VI Convenio colectivo de enseñanza y formación no reglada.

Publicado en:
«BOE» núm. 175, de 21 de julio de 2008, páginas 31870 a 31871 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2008-12519
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/07/04/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial para el año 2008 del VI Convenio Colectivo de enseñanza y formación no reglada publicado en el BOE de 30-6-2007, (Código de Convenio n.º 9908825), que fue suscrito con fecha 10 de junio de 2008, de una parte por las Asociaciones empresariales CECAP-CECE, ACADE-FECEI y ANCED en representación de las empresas del sector, y de otra por las Centrales sindicales FETE-UGT y CC.OO en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 4 de julio de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA PRIMERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA PARA LA REVISIÓN SALARIAL DE 2008 DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE ENSEÑANZA Y FORMACIÓN NO REGLADA

Asistentes:

Por CECAP-CECE: D.ª Rocío Blanco.

D. Manuel Lobo.

ACADE-FECEI:

D. Javier Hernández.

D.ª Ana Valero. D. Ignacio Sampere.

ANCED:

D. Pedro de Castro.

D. Fernando Pérez.

FETE-UGT:

D.ª Paloma Martínez.

D.ª Nieves Cenzual. D.ª Natividad Ferrer.

CC. OO.:

D. Francisco Mirones.

D.ª Pilar Moreno. D.ª María Espinosa.

CIG:

D. Tomás Martínez.

D. Xosé Luís Rivera.

En Madrid, siendo las 11,30 horas del día 10 junio de 2008, se reúnen en la sede de CECAP las personas reseñadas anteriormente en representación de sus respectivas organizaciones con objeto de proceder a la firma de la revisión salarial para 2008, del VI Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación No Reglada.

Presentada el acta de la reunión anterior para la firma. CIG propone que se retiren del acta las expresiones que aluden a su organización porque considera que corresponden a valoraciones subjetivas, al no retirarse, no firma el acta. El resto de organizaciones consideran que no existen descalificaciones ni valoraciones. La patronal mantiene la propuesta de la reunión anterior, acepta una subida del 4,2 % en salario base y Complemento de Perfeccionamiento Profesional (CPP), y en el plus de transporte. FETE-UGT y CC. OO. manifiestan que con esa propuesta están dispuesto a suscribir la revisión salarial en el día de hoy. CIG manifiesta que el IPC deja de ser referente para su organización. Aceptan ese incremento para salarios superiores a 17.000 €/año, para los inferiores la subida debe ser mayor. Además alega que no quiere condicionar la negociación para años posteriores en lo que se refiere al plus de transporte. Tampoco se contempla una cláusula de revisión salarial que garantice el poder adquisitivo para todo el personal. El banco patronal deja constancia del esfuerzo realizado para proceder a la firma de la revisión salarial 2008 y manifiesta que la situación económica del País afecta a este sector pero ha prevalecido la opinión de responsabilidad con los agentes sociales, no obstante de cara a futuras revisiones y teniendo en cuenta la situación económico y social no garantiza poder asumir las mismas condiciones establecidas que para este año. UGT y CC. OO. recordamos que el ámbito temporal del convenio se extiende hasta 2009. Por tanto, el criterio aceptado debe seguir vigente para las próximas revisiones salariales. CIG valora que con este acuerdo y en este momento, los trabajadores ya están perdiendo 0,5 puntos con respecto al IPC actual y que considera que el plus de transporte es injusto porque independientemente de la jornada que se realice, todos tienen que hacer los mismos desplazamientos. Se procede a firmar las tablas salariales anexas por todas las organizaciones patronales asistentes así como por las sindicales CC. OO. y FETE-UGT y se acuerda facultar al Secretario para realizar todas las gestiones necesarias, a efectos de publicación y eficacia.

1) Tablas salariales VI Convenio Colectivo de Enseñanza y Formación no Reglada (año 2008)

Categorías profesionales

Año 2008

Profesor/a titular

13.064,27

Profesor de taller

13.064,27

Profesor/a Auxiliar o Adjunto/a

11.609,13

Instructor/a o Experto/a

10.881,82

Educador social

13.064,27

Jefe de Administración

14.785,18

Oficial administrativo 1.ª

12.069,06

Oficial administrativo 2.ª

11.709,82

Orientador profesional

11.709,82

Auxiliar administrativo

10.064,24

Redactor/a-Corrector/a

10.064,24

Agente comercial

9.956,44

Encargado/a de Almacén

12.073,64

Empleado/a de Servicios Generales

9.956,44

Auxiliar no docente

9.956,44

Monitor-Animador

9.956,44

Titulado no docente

13.064,27

CPP año 2008: 381,60.

Plus transporte año 2008:

110,06 euros/mes. Si tienen el 50 % o más de la jornada anual.

55,02 euros/mes. Si tienen menos del 50 % y más del 25 % de la jornada anual. 33,29 euros/mes. Si tienen el 25 % o menos de la jornada anual.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 04/07/2008
  • Fecha de publicación: 21/07/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 14 de junio de 2007 (Ref. BOE-A-2007-12790).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos

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