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Documento BOE-A-2008-11968

Resolución 30 de junio de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión salarial del Convenio colectivo de Eurocontrol, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 12 de julio de 2008, páginas 30747 a 30747 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Referencia:
BOE-A-2008-11968
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2008/06/30/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Eurocontrol, S. A. (Código de Convenio n.º 9002012), publicado en el BOE de 29-11-2001, revisión salarial que fue suscrita con fecha 28 de noviembre ce 2007, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de junio de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ANEXO AL ACTA DEL 28/11/2007 DE LA REUNIÓN PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LA EMPRESA EUROCONTROL, S. A., DEL AÑO 2008/2009

El Comité de Empresa y la parte empresarial abajo firmante han tomado en el día de la fecha los siguientes acuerdos:

1. Los conceptos salariales (a excepción del complemento absorbible), se incrementarán en el año 2008 en el IPC al mes de octubre más el 0,4% respecto a los importes vigentes en el año 2007, es decir un 4%.

2. Para el año 2009, se incrementarán estos mismos conceptos en la variación que experimente el IPC al mes de octubre del año 2008 más un 0,4%. 3. Revisión de las cuantías por gastos incurridos por el trabajador:

Año 2008

Año 2009

Dietas hasta 3 días con justificante.

Supresión.

Supresión.

Dietas 3 días sin justificante

52 €.

52 €.

Resto dietas

No se modifican.

Revisión IPC a octubre 08.

Comidas o cenas sin pernocta

11 €.

Revisión IPC a octubre 08.

Kilometraje

0,24 €.

Revisión IPC a octubre 08.

4. El resto de los artículos y conceptos de convenio quedan sin variación

Se acuerda la presentación del mismo al Ministerio de Trabajo para su publicación en el BOE. Emilio Rico Pineda, Reinerio Hevia Gómez, Gabino Palicio García, Pedro Romero García, Andrés Morales Guillén, Juan José Martín Morán, Javier García Pérez, Jorge López Cuberos, Isabel Mollá Sánchez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/06/2008
  • Fecha de publicación: 12/07/2008
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 13 de noviembre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-22332).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Ingeniería y Estudios Técnicos

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