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Documento BOE-A-2007-7550

Resolución de 26 de marzo de 2007, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la tabla salarial definitiva para 2006 y de la provisional para 2007, del Convenio colectivo para las industrias de turrones y mazapanes.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 10 de abril de 2007, páginas 15478 a 15480 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-7550
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/03/26/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el contenido de la tabla salarial definitiva para el año 2006 y de la provisional para el año 2007 del Convenio colectivo para las industrias de turrones y mazapanes (Código de Convenio n.º 9905165), publicado en el BOE de 16-12-2005, tablas salariales que fueron suscritas, con fecha 13 de febrero de 2007, por la Comisión Paritaria de dicho Convenio, en la que están integradas las asociaciones empresariales «Asociación Nacional de Fabricantes de Turrones y Mazapanes» y la «Asociación de Fabricantes de Turrón, Derivados y Chocolates» de la Comunidad Valenciana y las Centrales Sindicales de CC.OO y UGT todas ellas firmantes del Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas salariales en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 26 de marzo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO, DE ÁMBITO NACIONAL, PARA LAS INDUSTRIAS DE TURRONES Y MAZAPANES

En Madrid, siendo las 12:00 horas del día 13 de febrero de 2007, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio colectivo de ámbito nacional, para las industrias de turrones y mazapanes, con asistencia de las personas que en las respectivas representaciones, sindical y empresarial, firman el presente documento, compuesta de una parte por la Federación Agroalimentaria de CC.OO. y la Federación Agroalimentaria de U.G.T. y, de otra parte, por la Asociación Nacional de Fabricantes de Turrones y Mazapanes y la Asociación de Fabricantes del Turrón, Derivados y Chocolates de la Comunidad Valenciana, a fin de proceder a la revisión de las tablas salariales para el año 2006.

Abierta la sesión y tras las deliberaciones correspondientes, los presentes adoptan los siguientes

ACUERDOS

Primero.-Aprobar la tabla salarial definitiva que tendrá vigencia desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2006, que se acompaña a la presente acta y que es firmada por los comparecientes.

Segundo.-Establecer una tabla salarial provisional para el año 2007, que igualmente se acompaña a la presente acta y que es firmada por los comparecientes. Tercero.-Facultar a uno cualquiera de los miembros de la Comisión Paritaria perteneciente a cualquiera de las representaciones Sindical o Empresarial firmantes para que proceda a la inscripción, registro y publicación del presente acuerdo en el B.O.E.

Y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.

Tabla general definitiva año 2006

S. base mensual - Euros

Salario anual - Euros

Antigüedad trienio - Euros/día

Plus Noct. - Euros/h

Horas extra - Euros/h

Técnicos Titulados

De grado superior

1.127,52

16.912,80

1,89

1,57

16,67

De grado medio

960,85

14.412,75

1,57

1,33

14,20

Ayudante Técnico

768,83

11.532,45

1,17

0,96

11,36

Técnicos no Titulados

Encargado general

922,61

13.839,15

1,55

1,26

13,64

Maestro o Jefe de Taller

859,36

12.890,40

1,42

1,14

12,70

Encargado de sección

802,66

12.039,90

1,30

1,09

11,86

Auxiliar de laboratorio

717,42

10.761,30

1,09

0,96

10,60

Oficina Técnica Organización

Jefes de 1.ª y 2.ª

922,61

13.839,15

1,55

1,26

13,64

Técnicos Organización 1.ª y 2.ª

871,54

13.073,10

1,42

1,23

12,88

Auxiliar de Organización

717,42

10.761,30

1,09

0,96

10,60

Técnicos Proceso de Datos

Jefe proceso de datos

963,85

14.457,75

1,60

1,34

14,25

Analista

922,61

13.839,15

1,55

1,26

13,64

Jefe Exp. Prog. Ordenador

922,61

13.839,15

1,55

1,26

13,64

Programador máquina

922,61

13.839,15

1,55

1,26

13,64

Auxiliar

871,54

13.073,10

1,42

1,23

12,88

Operador ordenador

871,54

13.073,10

1,42

1,23

12,88

Administrativos

Jefe Administrativo 1.ª

1.025,04

15.375,60

1,71

1,42

15,15

Jefe Administrativo 2.ª

963,85

14.457,75

1,60

1,34

14,25

Oficial 1.ª administrativo

871,54

13.073,10

1,42

1,23

12,88

Oficial 2.ª administrativo

768,83

11.532,45

1,17

0,96

11,36

Auxiliar administrativo

717,42

10.761,30

1,09

0,96

10,60

Telefonista

714,07

10.711,05

1,07

0,91

10,55

Mercantiles

Jefe de ventas

1.034,83

15.522,45

1,69

1,38

15,30

Inspector de ventas

948,33

14.224,95

1,57

1,33

14,02

Promotor Prop o Publicidad

768,83

11.532,45

1,17

0,96

11,36

Vendedor con autoventa

743,42

11.151,30

1,14

0,96

10,99

Viajante

743,42

11.151,30

1,14

0,96

10,99

Corredor de plaza

743,42

11.151,30

1,14

0,96

10,99

Personal de Producción

Oficial 1.ª

25,71

11.698,05

1,42

1,00

11,53

Oficial 2.ª

24,90

11.329,50

1,38

0,97

11,16

Ayudante

24,42

11.111,10

1,37

0,93

10,95

Personal Acabado, Envasado y Empaquetado

Oficial 1.ª

24,66

11.220,30

1,37

1,00

11,06

Oficial 2.ª

24,31

11.061,05

1,34

0,97

10,90

Ayudante

23,74

10.801,70

1,30

0,93

10,64

Personal Oficios Auxiliares

Oficial 1.ª

26,01

11.834,55

1,42

1,05

11,66

Oficial 2.ª

25,14

11.438,70

1,39

1,01

11,27

Peonaje

Peón

23,91

10.879,05

1,33

0,93

10,72

Personal de limpieza

23,91

10.879,05

1,33

0,93

10,72

Subalternos

Almacenero

24,76

11.265,80

1,38

0,97

11,10

Conserje, Cobrador-Basculero, Guarda jurado, Pesador, Guarda Vigilante, Ordenanza y Portero

24,38

11.092,90

1,35

0,94

10,93

Mozo almacén

24,01

10.924,55

1,34

0,93

10,76

Tabla general provisional año 2007

S. base mensual - Euros

Salario anual - Euros

Antigüedad trienio - Euros/día

Plus Noct. - Euros/h

Horas extra - Euros/h

Técnicos Titulados

De grado superior

1.155,71

17.335,65

1,94

1,61

17,08

De grado medio

984,87

14.773,05

1,61

1,36

14,56

Ayudante Técnico

788,05

11.820,75

1,20

0,98

11,65

Técnicos no Titulados

Encargado general

945,68

14.185,20

1,59

1,29

13,98

Maestro o Jefe de Taller

880,84

13.212,60

1,46

1,17

13,02

Encargado de sección

822,73

12.340,95

1,33

1,12

12,16

Auxiliar de laboratorio

735,36

11.030,40

1,12

0,98

10,87

Oficina Técnica Organización

Jefes de 1.ª y 2.ª

945,68

14.185,20

1,59

1,29

13,98

Técnicos Organización 1.ª y 2.ª

893,33

13.399,95

1,46

1,26

13,20

Auxiliar de Organización

735,36

11.030,40

1,12

0,98

10,87

Técnicos Proceso de Datos

Jefe proceso de datos

987,95

14.819,25

1,64

1,37

14,60

Analista

945,68

14.185,20

1,59

1,29

13,98

Jefe Exp. Prog. Ordenador

945,68

14.185,20

1,59

1,29

13,98

Programador máquina

945,68

14.185,20

1,59

1,29

13,98

Auxiliar

893,33

13.399,95

1,46

1,26

13,20

Operador ordenador

893,33

13.399,95

1,46

1,26

13,20

Administrativos

Jefe Administrativo 1.ª

1.050,67

15.760,05

1,75

1,46

15,53

Jefe Administrativo 2.ª

987,95

14.819,25

1,64

1,37

14,60

Oficial 1.ª administrativo

893,33

13.399,95

1,46

1,26

13,20

Oficial 2.ª administrativo

788,05

11.820,75

1,20

0,98

11,65

Auxiliar administrativo

735,36

11.030,40

1,12

0,98

10,87

Telefonista

731,92

10.978,80

1,10

0,93

10,82

Mercantiles

Jefe de ventas

1.060,70

15.910,50

1,73

1,41

15,68

Inspector de ventas

972,04

14.580,60

1,61

1,36

14,37

Promotor Prop o Publicidad

788,05

11.820,75

1,20

0,98

11,65

Vendedor con autoventa

762,01

11.430,15

1,17

0,98

11,26

Viajante

762,01

11.430,15

1,17

0,98

11,26

Corredor de plaza

762,01

11.430,15

1,17

0,98

11,26

Personal de Producción

Oficial 1.ª

26,35

11.989,25

1,46

1,03

11,81

Oficial 2.ª

25,52

11.611,60

1,41

0,99

11,44

Ayudante

25,03

11.388,65

1,40

0,95

11,22

Personal Acabado, Envasado y Empaquetado

Oficial 1.ª

25,28

11.502,40

1,40

1,03

11,33

Oficial 2.ª

24,92

11.338,60

1,37

0,99

11,17

Ayudante

24,33

11.070,15

1,33

0,95

10,91

Personal Oficios Auxiliares

Oficial 1.ª

26,66

12.130,30

1,46

1,08

11,95

Oficial 2.ª

25,77

11.725,35

1,42

1,04

11,55

Peonaje

Peón

24,51

11.152,05

1,36

0,95

10,99

Personal de limpieza

24,51

11.152,05

1,36

0,95

10,99

Subalternos

Almacenero

25,38

11.547,90

1,41

0,99

11,38

Conserje, Cobrador-Basculero, Guarda jurado, Pesador, Guarda Vigilante, Ordenanza y Portero

24,99

11.370,45

1,38

0,96

11,20

Mozo almacén

24,61

11.197,55

1,37

0,95

11,03

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/03/2007
  • Fecha de publicación: 10/04/2007
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 28 de noviembre de 2005 (Ref. BOE-A-2005-20771).
Materias
  • Confitería y pastelería
  • Convenios colectivos

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