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Documento BOE-A-2007-21875

Resolución de 5 de diciembre de 2007, de la Mutualidad General Judicial, por la que se actualiza la de 3 de diciembre de 2002, que regula el programa de atención a personas mayores dentro del plan sociosanitario.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2007, páginas 52274 a 52274 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2007-21875
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2007/12/05/(2)

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Mutualidad General Judicial, de 2 de enero de 1997 (BOE 21-1-1997) se implantó para los mutualistas y beneficiarios de Mugeju, el Programa de atención a personas mayores dentro del Plan Sociosanitario, siendo modificados determinados aspectos de dicha regulación por Resolución de la Mutualidad General Judicial de 3 de diciembre de 2002 (Circular 72, B.O.E.19-12-2002). Dado el tiempo transcurrido desde la creación del Programa de Atención a Personas Mayores y que la variable económica de dicho Programa no ha sufrido modificación alguna desde la instauración del mismo, parece oportuno actualizar la tabla que figura en el artículo 8, así como la cuantía de las ayudas recogidas en el artículo 11 de la norma reguladora (Circular 72), al objeto de adecuarlas a la realidad económica presente. A la vista de lo anterior, la Gerencia de la Mutualidad General Judicial, de conformidad con las competencias que le atribuye el artículo 14, 3, b) del R. D. 1206/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la composición y funciones de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General Judicial, ha resuelto:

Primero.-Actualizar la tabla económica que figura en el artículo 8 de la Circular 72 (B.O.E.19-12-2002), aplicando el IPC acumulado de los últimos diez años, resultando lo siguiente:

Cuantía mensual - Euros

Puntos

Hasta 242

36

De 242 a 302

34

De 302 a 362

32

De 362 a 422

30

De 422 a 482

28

De 482 a 542

26

De 542 a 602

24

De 602 a 662

22

De 662 a 722

20

De 722 a 782

18

De 782 a 842

16

De 842 a 902

14

De 902 a 962

12

De 962 a 1022

10

De 1022 a 1082

8

De 1082 a 1142

6

De 1142 a 1202

4

De 1202 a 1262

2

De 1262 a 1322

0

Más de 1322 €, menos 2 puntos por cada tramo de sesenta euros de aumento.

Segundo.-Actualizar la tabla de cuantías/mes de las ayudas que figura en el artículo 11 de la Circular 72 (B.O.E.19-12-2002) quedando fijada en los siguientes importes:

Puntuación

Cuantía/mes - Euros

A) De 70 puntos en adelante

760

B) De 60 a 69 puntos

628

C) De 50 a 59 puntos

495

D) De 40 a 49 puntos

363

E) De 28 a 39 puntos

231

Tercero.-Se hace constar que existe dotación presupuestaria en el Programa presupuestario 222M «Prestaciones económicas del Mutualismo Administrativo», en la rúbrica 482.02 «Ayudas de protección Sociosanitaria».

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2008, siendo aplicable a los expedientes que se presenten a partir de dicho ejercicio económico, dejando sin efecto la tabla de valoración de la situación económica del artículo 8 y las cuantías/mes del artículo 11 de la Circular 72.

Madrid, 5 de diciembre de 2007.-El Gerente de la Mutualidad General Judicial, José Manuel Arocha Armas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 05/12/2007
  • Fecha de publicación: 19/12/2007
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/2008
  • Fecha de derogación: 01/01/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 21 de diciembre de 2012 (Ref. BOE-A-2012-15730).
Referencias anteriores
  • ACTUALIZA lo indicado del art. 8 de la Resolución de 3 de dicimebre de 2002 (Ref. BOE-A-2002-24780).
Materias
  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia social
  • Funcionarios de la Administración de Justicia
  • Mutualidad General Judicial

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