Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-6691

Ley 2/2006, de 20 de marzo, por la que se modifica la Ley 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 2006, páginas 14375 a 14378 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2006-6691
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-cb/l/2006/03/20/2

TEXTO ORIGINAL

PREÁMBULO

La Ley 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006, establece en el anexo al artículo 11 los módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 76.2 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, el importe del módulo económico por unidad escolar se fijará anualmente en los Presupuestos Generales del Estado y, en su caso, en los de las Comunidades Autónomas, no pudiendo en éstos ser inferior al que se establezca en los primeros en ninguna de las cantidades en que se diferencia el citado módulo. Establecidos en los Presupuestos Generales de Cantabria los módulos económicos en ejercicio de las competencias transferidas a esta Comunidad Autónoma en materia de enseñanza no universitaria, la publicación de los Presupuestos Generales del Estado para 2006 ha puesto de manifiesto que en algunas de las cantidades del módulo se da la circunstancia de que las cantidades aprobadas en dichos presupuestos son superiores a las fijadas en el texto presupuestario de Cantabria. Para corregir esta situación y ajustarse a lo establecido en la Ley Orgánica de Calidad de la Educación procede, por tanto, modificar el anexo al artículo 11 de la Ley de Presupuestos Generales de Cantabria para 2006 con el fin de ajustar las cantidades de los módulos a la legislación vigente.

Artículo único. Modificación de la Ley 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006.

El Anexo al artículo 11 de la Ley 5/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2006, queda redactado como sigue:

«ANEXO AL ARTÍCULO 11 Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de Centros Concertados

Conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de esta Ley, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas quedan establecidos, con efectos de 1 de enero y hasta 31 de diciembre del año 2006 de la siguiente forma:

Euros

Educación Infantil y Educación Primaria:

Relación Profesor/Unidad: 1/1.

Salario de Personal docente, incluidas cargas sociales

30.502,30

Gastos variables

3.580,11

Otros Gastos (media)

5.671,50

Importe total anual

39.753,91

Unidades de Integración y Educación Compensatoria en los niveles de Educación Obligatoria:

Relación Profesor/Unidad: 1/1.

Salario de Personal docente, incluidas cargas Sociales

30.502,30

Gastos variables

3.580,11

Otros Gastos (media)

3.003,42

Importe total anual

37.085,83

Educación Especial (niveles obligatorios y gratuitos)

I. Educación Básica/Primaria:

Relación Profesor/Unidad: 1/1

Salarios de Personal docente, incluidas cargas sociales

30.502,30

Gastos variables

3.580,11

Otros Gastos (media)

6.049,45

Importe total anual

40.131,86

Personal Complementario (Logopedas, Fisioterapeutas, Ayudantes Técnicos Educativos, Psicólogos-Pedagogos y Trabajador Social), según deficiencias:

Psíquicos

19.061,89

Autistas o Problemas graves de personalidad

15.462,13

Auditivos

17.736,34

Plurideficientes

22.013,33

II. Formación Profesional «Aprendizaje de Tareas»:

Relación Profesor/Unidad: 2/1.

Salario de Personal docente, incluidas cargas sociales

61,004,60

Gastos variables

4.697,40

Otros Gastos (media)

8.618,31

Importe total anual

74.320,31

Personal Complementario (Logopedas, Fisioterapeutas, Ayudantes Técnicos Educativos, Psicólogos-Pedagogos y Trabajador Social), según deficiencias:

Psíquicos

30.434,94

Autistas o Problemas graves de personalidad

27.222,13

Auditivos

23.581,04

Plurideficientes

33.843,28

Educación Secundaria Obligatoria:

Primer ciclo:

Relación Profesor/Unidad: 1,20/1.

Salario de Personal docente, incluidas cargas sociales

36.570,46

Gastos variables

4.211,72

Otros Gastos (media)

7.372,81

Importe total anual

48.154,99

Segundo Ciclo:

Relación Profesor/Unidad: 1,36/1.

Salario de Personal docente, incluidas cargas sociales

47.584,92

Gastos variables

8.066,08

Otros Gastos (media)

8.137,60

Importe total anual

63.788,60

Bachillerato:

Relación Profesor/Unidad: 1,44/1.

Salario de Personal docente, incluidas cargas sociales

50.318,55

Gastos variables

8.540,54

Otros Gastos (media)

8.198,21

Importe total anual

67.057,30

Ciclos Formativos:

I. Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales:

Grupo 1. Ciclos formativos de Grado Medio de 1.300 a 1.700 horas:

Primer curso

53.302,22

Segundo curso

0

Grupo 2. Ciclos formativos de Grado Medio de 2.000 horas:

Primer curso

53.302,22

Segundo curso

53.302,22

Grupo 3. Ciclos formativos de Grado Superior de 1.300 a 1.700 horas:

Primer curso

49.289,79

Segundo curso

0

Grupo 4. Ciclos formativos de Grado Superior de 2.000 horas

Primer curso

49.289,79

Segundo curso

49.289.79

II. Gastos variables:

Grupo 1. Ciclos formativos de Grado Medio de 1.300 a 1.700 horas:

Primer curso

6.352,09

Segundo curso

0

Grupo 2. Ciclos formativos de Grado Medio de 2.000 horas:

Primer curso

6.352,09

Segundo curso

6.352,09

Grupo 3. Ciclos formativos de Grado Superior de 1.300 a 1.700 horas:

Primer curso

6.310,99

Segundo curso

0

Grupo 4. Ciclos formativos de Grado Superior de 2.000 horas:

Primer curso

6.310,99

Segundo curso

6.310,99

III. Otros Gastos:

Grupo 1. Ciclos formativos de:

Conducción de Actividades Físico Deportivas en el Medio Natural:

Pastelería y Panadería.

Servicios de Restaurante y Bar.

Animación Turística.

Estética Personal Decorativa.

Química ambiental.

Farmacia.

Higiene Bucodental.

Primer curso

9.322,40

Segundo curso

2.180,31

Grupo 2. Ciclos formativos de:

2.01:

Buceo a Media Profundidad.

Laboratorio de Imagen.

Alojamiento.

Elaboración de Aceites y Jugos.

Elaboración de Productos Lácteos.

Elaboración de Vinos y Otras Bebidas.

Matadero y Carnicería-Charcutería.

Molinería e Industrias Cerealistas.

Panificación y Repostería.

Laboratorio.

Fabricación de Productos Farmacéuticos y Afines.

Curtidos.

Patronaje.

Procesos de Ennoblecimiento Textil.

Secretariado.

Gestión Comercial y Marketing.

Servicios al Consumidor.

Agencias de Viaje.

Información y Comercialización Turística.

Documentación Sanitaria.

Cuidados Auxiliares de Enfermería.

Primer curso

11.334,80

Segundo curso

2.180,30

2.02:

Gestión Administrativa.

Comercio.

Primer curso

12.683,97

Segundo curso

2.180,30

Grupo 3. Ciclos formativos de:

Conservería Vegetal, Cárnica y de Pescado.

Transformación de Madera y Corcho.

Operaciones de Fabricación de Productos Farmacéuticos.

Operaciones de Proceso de Pasta y Papel.

Operaciones de Proceso en Planta Química.

Operaciones de Transformación de Plásticos y Caucho.

Operaciones de Ennoblecimiento Textil.

Industrias de Proceso de Pasta y Papel.

Industrias de Proceso Químico.

Plásticos y Caucho.

Primer curso

13.490,01

Segundo curso

2.216,38

Grupo 4. Ciclos formativos de:

4.01:

Encuadernados y Manipulados de Papel y Cartón.

Impresión en Artes Gráficas.

Fundición.

Tratamientos Superficiales y Térmicos.

Fabricación Industrial de Carpintería y Mueble.

Calzado y Marroquinería.

Producción de Hilatura y Tejeduría de Calada.

Producción de Tejidos de Punto.

Procesos de Confección Industrial.

Procesos Textiles de Hilatura y Tejeduría de Calada.

Procesos Textiles de Tejeduría de Punto.

Operaciones de Fabricación de Productos Cerámicos.

Operaciones de Fabricación de Vidrio y Transformados.

Fabricación y Transformación de Productos de Vidrio.

Primer curso

15.607,54

Segundo curso

2.216,38

4.02:

Confección.

Primer curso

15.607,54

Segundo curso

2.180,30

Grupo 5. Ciclos formativos de:

Realización y Planes de Obra.

Asesoría de Imagen Personal.

Radioterapia.

Animación Sociocultural.

Integración Social.

Primer curso

9.322,40

Segundo curso

3.525,78

Grupo 6. Ciclos formativos de:

Operaciones de Cultivo Acuícola.

Primer curso

13.490,01

Segundo curso

3.525,78

Grupo 7. Ciclos formativos de:

7.01:

Explotaciones Ganaderas

Jardinería.

Trabajos Forestales y de Conservación de Medio.

Natural.

Gestión y Organización de Empresas Agropecuarias.

Gestión y Organización de Recursos Naturales y Paisajísticos.

Administración y Finanzas.

Pesca y Transporte Marítimo.

Navegación, Pesca y Transporte Marítimo.

Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.

Comercio Internacional.

Gestión del Transporte.

Obras de Albañilería.

Obras de Hormigón.

Operación y Mantenimiento de Maquinaria de Construcción.

Desarrollo y Aplicación de Proyectos de Construcción.

Desarrollo de Proyectos Urbanísticos y Operaciones.

Topográficas.

Óptica de Anteojería.

Caracterización.

Estética.

Administración de Sistemas Informáticos.

Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Explotación de Sistemas Informáticos.

Desarrollo de Productos en Carpintería y Mueble.

Anatomía Patológica y Citología.

Salud Ambiental.

Audioprótesis.

Dietética.

Imagen para el Diagnóstico.

Laboratorio de Diagnóstico Clínico.

Ortoprotésica.

Educación Infantil.

Interpretación de la Lengua de Signos.

Atención Sociosanitaria.

Primer curso

8.395,97

Segundo curso

10.142,41

7.02:

Peluquería.

Primer curso

9.133,05

Segundo curso

10.517,97

Grupo 8. Ciclos formativos de:

8.01:

Explotaciones Agrarias Extensivas.

Explotaciones Agrícolas Intensivas.

Operación, Control y Mantenimiento de Máquinas.

Marinas e Instalaciones del Buque.

Supervisión y Control de Máquinas Marinas e Instalaciones del Buque.

Desarrollo de Productos Electrónicos.

Instalaciones Electrotécnicas.

Sistemas de Regulación y Control Automáticos.

Acabados de Construcción.

Cocina.

Restauración.

Mantenimiento de Aviónica.

Análisis y Control.

Prótesis dentales.

Primer curso

10.340,78

Segundo curso

11.803,60

8.02:

Equipos Electrónicos de Consumo.

Primer curso

11.893,69

Segundo curso

13.093,68

8.03:

Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.

Primer curso

11.166,47

Segundo curso

12.373,82

Grupo 9. Ciclos formativos de:

9.01:

Animación de Actividades Físicas y Deportivas:

Diseño y Producción Editorial.

Producción en Industrias de Artes Gráficas.

Imagen.

Realización de Audiovisuales y Espectáculos.

Sonido.

Sistemas de Telecomunicación e Informáticos.

Desarrollo de Proyectos Mecánicos.

Producción por Fundición y Pulvimetalurgia.

Producción por Mecanizado.

Producción de Madera y Mueble.

Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Frío, Climatización y Producción de Calor.

Desarrollo de Proyectos de Instalaciones de Fluidos, Térmicas y de Manutención.

Montaje y Mantenimiento de Instalaciones de Edificios y de Procesos.

Automoción.

Mantenimiento Aeromecánico.

Carrocería.

Fabricación a Medida e Instalación de Madera y Mueble.

Primer curso

12.162,60

Segundo curso

13.494,18

9.02:

Electromecánica de vehículos.

Primer curso

12.336,33

Segundo curso

13.494,18

Grupo 10. Ciclos formativos de:

Producción Acuícola.

Preimpresión en Artes Gráficas.

Industria Alimentaria.

Mecanizado.

Soldadura y Calderería.

Construcciones Metálicas.

Instalación y Mantenimiento Electromecánico de Maquinaria y Conducción de Líneas.

Mantenimiento Ferroviario.

Mantenimiento de Equipo Industrial.

Desarrollo y Fabricación de Productos Cerámicos.

Primer curso

14.068,77

Segundo curso

15.085,94

Programas de garantía social

I. Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales

51.314,63

II. Gastos variables

6.352,09

III. Otros Gastos

Grupo 1

6.683,84

Familias profesionales de:

Administración.

Comercio y Marketing.

Hostería y Turismo.

Imagen Personal.

Sanidad.

Servicios Socioculturales y a la Comunidad.

Grupo 2

7.641,63

Familias profesionales de:

Actividades Agrarias.

Artes Gráficas.

Comunicación, Imagen y Sonido.

Edificación y Obra Civil.

Electricidad y Electrónica.

Fabricación Mecánica.

Industrias Alimentarias.

Madera y Mueble.

Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados.

Mantenimiento y Servicios a la Producción.

Textil, Confección y Piel.

La Administración Educativa podrá adecuar los módulos de personal complementario de Educación Especial a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en la Comunidad Autónoma de Cantabria.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y tendrá efectos económicos desde el 1 de enero de 2006.

Palacio del Gobierno de Cantabria, 20 de marzo de 2006.

MIGUEL ÁNGEL REVILLA ROÍZ

Presidente

(Publicada en el «Boletín Oficial de Cantabria» número 61, de 28 de marzo de 2006)

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 20/03/2006
  • Fecha de publicación: 14/04/2006
  • Fecha de entrada en vigor: 29/03/2006
  • Efectos económicos desde el 1 de enero de 2006.
  • Publicada en el BOCT núm. 61, de 28 de marzo de 2006.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo del art. 11 Ley 5/2005, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-676).
  • CITA Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2002-25037).
Materias
  • Cantabria
  • Presupuestos de las Comunidades Autónomas
  • Sistema financiero
  • Sistema tributario

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid