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La vigente normativa sobre la composición de las Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras fue establecida en la Resolución de 4 de junio de 2001 de la entonces Secretaría de Estado de Infraestructuras, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 151, de 25 de junio. Habida cuenta del notable incremento de los expedientes de licitación promovidos por la Dirección General de Carreteras, siendo frecuente la celebración de seis y hasta siete reuniones semanales de las Mesas de Contratación (de calificación documental, de apertura de ofertas económicas y de adjudicación), y a fin de garantizar la rapidez, agilidad y el regular desenvolvimiento de las Mesas de Contratación con las funciones prevista en la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se hace necesario reformar la vigente resolución sobre composición de Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras de 4 de junio de 2001. La nueva resolución sobre composición de Mesas de Contratación utiliza básicamente el criterio de permitir la fácil sustitución de los miembros de la Mesa de Contratación debido, por una parte a que éstos simultanean esta función con sus respectivos puestos de trabajo en la Dirección General de Carreteras y en la Dirección General de Programación Económica, y de otra el elevado número de reuniones de la Mesa de Contratación para todo tipo de licitaciones. En consecuencia, y de conformidad con el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como lo previsto en los artículos 17 y 25 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Primero.-Modificar la resolución de 4 de junio de 2001, sobre la composición de las Mesas de Contratación de la Dirección General de Carreteras que, con carácter permanente será la siguiente: 1. Mesas de Contratación para cualquier tipo de contratos de importe igual o superior a 12.020.242,09 €. Presidente titular: El Subdirector General al que sectorialmente afecte el contrato por razón de su materia.
Presidente suplente: Un Subdirector General de la Dirección General de Carreteras, un Subdirector General Adjunto o un Jefe de Área. Vocales titulares:
Un Subdirector General de la Dirección General de Programación Económica.
Un Jefe de Área de la Subdirección General a la que sectorialmente afecte el contrato. Un Jefe de Servicio de la Secretaría General, en el supuesto de Subastas.
Vocales suplentes:
Un Jefe de Área de la Dirección General de Programación Económica.
Un Jefe de Servicio de la Subdirección General a la que sectorialmente afecte el contrato. Un Jefe de Sección de la Secretaría General en el supuesto de subastas.
Secretario titular: El Jefe de Área de Contratación de la Secretaría General.
Secretario suplente: El Jefe de Servicio de licitaciones de la Secretaría General.
2. Mesas de Contratación para cualquier tipo de contratos de importe comprendido entre 3.005.060,52 € y 12.020.242,09 €.
Presidente titular: Un Subdirector General Adjunto o un Jefe de Área de la Subdirección General a la que sectorialmente afecte el contrato.
Presidente suplente: Un Jefe Servicio de la Subdirección General que sectorialmente afecte el contrato. Vocales titulares:
Un Jefe de Área de la Dirección General de Programación Económica.
Un Jefe de Servicio de la Subdirección General que sectorialmente afecte el contrato. Un Jefe de Servicio de la Secretaría General, en el supuesto de subastas.
Vocales suplentes:
Un Jefe de Servicio de la Dirección General de Programación Económica.
Un Jefe de Sección de la Subdirección General a la que sectorialmente afecte el contrato. Un Jefe de Sección de la Secretaría General, en el supuesto de subastas.
Secretario titular: El Jefe de Servicio de Licitaciones de la Secretaría General.
Secretario suplente: Un Jefe de Servicio de la Secretaría General.
3. Mesas de Contratación para cualquier tipo de contrato de importe inferior a 3.005.060,52 €.
Presidente titular: Un Subdirector General Adjunto o un Jefe de Área de la Subdirección General a la que sectorialmente afecte el contrato.
Presidente suplente: Un Jefe de Servicio de la Subdirección General que sectorialmente afecte al contrato. Vocales titulares:
Dos Jefes de Servicio de la Subdirección General que sectorialmente afecte el contrato.
Un Jefe de Servicio de la Secretaría General, en el supuesto de subastas.
Vocales suplentes:
Dos Jefes de Sección de la Subdirección General que sectoriamente afecte al contrato.
Un Jefe de Sección de la Secretaría General en el supuesto de subastas.
Secretario titular: El Jefe de Servicio de Licitaciones de la Secretaría General.
Secretario Suplente: Un Jefe de Servicio de la Secretaría General.
4. Además, en todas las Mesas de Contratación habrá que incluir como Vocales Titulares a un representante de la Abogacía del Estado y a otro de la Intervención Delegada de la Administración en el Departamento.
Segundo.-La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de octubre de 2006.-El Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, Víctor Morlán Gracia.
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