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Documento BOE-A-2005-7755

Resolución de 14 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo correspondiente a la Comunidad Autónoma de La Rioja de la Comisión Paritaria, del IV Convenio colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 2005, páginas 16160 a 16161 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-7755
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2005/03/14/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acuerdo sobre complemento salarial correspondiente a la Comunidad Autónoma de La Rioja remitido por la Comisión Paritaria, en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Adicional Sexta del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos (publicado en el BOE. de 17-10-2000, modificado por Acta publicada en el BOE. de 8-3-02), (Código de Convenio n.º 9908725), que fue suscrito con fecha 21 de enero de 2005, de una parte por E y G-La Rioja y CECE-La Rioja en representación de las empresas del sector; y de otra parte por USO, FETE-UGT, FSIE y CC.OO., de La Rioja, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Acuerdo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 14 de marzo de 2005.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

En Logroño, siendo las 11.00 h. del día 21 de enero de 2005, reunidos en la sede de USO La Rioja, los representantes de las organizaciones patronales y sindicales más representativas en el sector de la enseñanza privada sostenida total o parcialmente con fondos públicos de La Rioja, y que se citan al margen

MANIFIESTAN

Primero.-Que con fecha 3 de diciembre de 2004 se firmó un acuerdo por el que las organizaciones patronales y sindicales más representativas de la enseñanza concertada de La Rioja se comprometían a requerir al Gobierno de La Rioja un incremento adicional en la partida Otros Gastos para 2005. En dicho Acuerdo, las organizaciones patronales se comprometían a repercutir, en su caso, dicho incremento en las retribuciones del personal de Administración y Servicios.

Segundo.-Que en la Ley de Presupuestos e La Rioja para el año 2005, la partida «Otros Gastos» del módulo de conciertos contempla un incremento adicional del 4 % en los niveles de E. Infantil, Primaria y Secundaria respecto al incremento aprobado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el mismo año, lo que permite trasladar al personal de Administración y Servicios dicho incremento. Tercero.-Que la disposición adicional sexta del IV Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privad sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, prevé la posibilidad de que las organizaciones patronales y sindicales por mayoría de su respectiva representatividad acuerden la incorporación a dicho Convenio de complementos salariales para todo el personal afectado por el mismo.

Y en consonancia con lo anterior

ACUERDAN

Primero.-La fijación de una nueva cuantía del complemento retributivo denominado «Complemento retributivo de la Comunidad Autónoma de La Rioja» que hasta la fecha viene percibiendo el personal de Administración y Servicios.

Segundo.-La percepción del citado complemento en sus distintas cuantías será efectiva para todo el personal de Administración y Servicios acogido al «Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos», y surtirá efectos desde el 1 de enero de 2005. La cuantía del citado complemento será la establecida en el Anexo que se acompaña. Tercero.-Dicho complemento será abonado de forma íntegra a aquellos trabajadores contratados a jornada completa, y de forma proporcional a su jornada a aquellos trabajadores contratados a jornada parcial. Cuarto.-Facultar al representante de Educación y Gestión de La Rioja para remitir el presente Acuerdo a la Comisión Paritaria del IV Convenio Colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos, para que proceda a su depósito ante el organismo competente en orden a su publicación en el B.O.E.

ANEXO

Personal

Importe mensual

Importe año 2005

Personal de administración y servicios

90,00 euros

1.260,00 euros (*)

(*) a percibir en 14 pagas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/03/2005
  • Fecha de publicación: 12/05/2005
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 2 de octubre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-18640).
Materias
  • Centros de enseñanza privada
  • Convenios colectivos
  • La Rioja

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