Contido non dispoñible en galego
Visto el texto del acta, de fecha 21 de febrero de 2003, donde se recogen los acuerdos de revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa Bristish Airways Líneas Aéreas, S. A. (código de Convenio n.º 9000702), que ha sido suscrita de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en su representación y de otra por los Comités de Empresa en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 13 de marzo de 2003.–La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
British Airways-Dirección para España & Representación de los Trabajadores
Acta
Fecha: 21 de febrero de 2003.
Lugar: Oficinas British Airways.
Santiago de Compostela, 100-Madrid.
Asistentes:
Empresa:
Carlos Gómez, Director General España, Portugal, Latinoamérica & Caribe.
Jorge Díez, Director Operaciones España & Portugal.
María Casero, Directora Recursos Humanos.
Comité:
José López Piqueras, Comité Madrid, Presidente.
Barbel Liptow, Comité Madrid.
Marisol Fernández, Comité Madrid.
Domingo Frías, Comité Madrid.
Agustín López, Comité Madrid.
Antonio Pina, Comité Barcelona, Presidente.
Oriol Dolader, Comité Barcelona.
Ixone Ondarza, Representante Bilbao.
Acuerdo:
Incremento del 2,5%, con efectividad de 1 de Abril de 2003, aplicable al Salario Base, y por tanto a todos los conceptos que se relacionan con el mismo (antigüedad, horas, extras, etc.).
El resto de conceptos económicos del actual Convenio Colectivo (transporte, comidas, primas de idiomas, etc.) no sufrirán variación alguna.
Cláusula de revisión salarial si el IPC real a 31 de Diciembre de 2003 superase el 2,5%, con un máximo de un 0,5% adicional.
Modificación del Plazo de Publicación de Vacantes: en lugar de los 15 días actualmente en vigor, los puestos se publicarán con 7 días naturales. Esta modificación tendrá carácter temporal y entrará en funcionamiento de forma inmediata, hasta el 31 de Marzo de 2004.
Durante la vigencia de esta medida, la Empresa se compromete a aceptar fuera de plazo la candidatura de aquellos trabajadores interesados en presentarse al puesto de trabajo ofertado, si durante el período de publicación no hubiesen estado trabajando (vacaciones, días libres, etc.).
Ambas partes se comprometen expresamente a trabajar y colaborar de forma constructiva en la resolución de las cuestiones y conflictos que puedan surgir en el desarrollo de la actividad.
Las 9 personas afectadas por el cambio de escalas según el Acuerdo del SIMA, pasarán a la escala que les hubiera correspondido con anterioridad a dicho acuerdo.
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