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Documento BOE-A-2003-12694

Resolución de 2 de junio de 2003, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se designa la mesa de contratación del organismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2003, páginas 24535 a 24535 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2003-12694
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/06/02/(5)

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el artículo 79 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, dispongo:

Primero.-Se designa, con carácter permanente, la Mesa de Contratación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, que tendrá la siguiente composición:

1. Presidente: el Director del Departamento de Gestión Económica y Financiera, que podrá ser suplido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el Secretario General, por el Director del Departamento de Prestaciones Sanitarias o por el Director del Departamento de Prestaciones Sociales.

2. Vocales:

a) Un Abogado del Estado de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Administraciones Públicas, que podrá ser suplido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el Abogado del Estado habilitado por la Dirección del Servicio Jurídico del Estado.

b) El Interventor Delegado de la Intervención General de la Administración General del Estado en MUFACE, que podrá ser suplido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por el Interventor Delegado que esté asignado como suplente en el organismo.

c) El Subdirector General Adjunto de Gestión Económica y Financiera, que podrá ser suplido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por un funcionario del Departamento, con categoria igual o superior a Jefe de Servicio.

d) El Jefe del Servicio de Régimen Interior que podrá ser suplido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por un funcionario de la Secretaría General, con categoria igual o superior a Jefe de Servicio.

e) Un funcionario de la Secretaría General o del Departamento que por razón del tema o materia esté afectado en la contratación, cuando así se designe expresamente, con categoría igual o superior a Jefe de Servicio.

3. Secretario: El Jefe de la Sección de Contratación, que tendrá voz, pero no voto, y que podrá ser suplido, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por un Jefe de Sección del Departamento de Gestión Económica y Financiera.

Entre los vocales asistentes deberán figurar necesariamente un Abogado del Estado y un Interventor para que la Mesa se pueda constituir.

Segundo.-La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Tercero.-Queda derogada la Resolución de 16 de mayo de 1996, por la que se designa la Mesa de Contratación del Organismo.poner la firma

Madrid, 2 de junio 2003.-El Director general, Isaías López Andueza.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/06/2003
  • Fecha de publicación: 25/06/2003
  • Efectos desde el 26 de junio de 2003.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA con la excepción indicada, por Resolución de 12 de junio de 2018 (Ref. BOE-A-2018-8934).
  • CORRECCION de erratas en BOE núm. 152, de 26 de junio de 2003 (Ref. BOE-A-2003-12763).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Resolución de 16 de mayo de 1996 (Ref. BOE-A-1996-12747).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 79 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1098/200, de 12 de octubre (Ref. BOE-A-2001-19995).
    • art. 81 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2000-11533).
Materias
  • Mesas de Contratación
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

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