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El Tribunal Constitucional, por Auto de 1 de octubre actual, ha acordado en el recurso de inconstitucionalidad número 2.194-2002, interpuesto por el Abogado del Estado en representación del Presidente del Gobierno, levantar la suspensión de los artículos 2.2 ; 7; 12.1, párrafos primero, tercero y cuarto, en relación con el artículo 10 ; 14, y, por conexión, artículos 19.2 y 3 y 20.1 de la Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha 8/2001, de 28 de junio, para la Ordenación de las Instalaciones de Radiocomunicación en Castilla-La Mancha.
Madrid, 1 de octubre de 2002.-El Presidente del Tribunal Constitucional,
JIMÉNEZ DE PARGA Y CABRERA
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