Contido non dispoñible en galego
Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de adhesión del sector de Autoescuelas al III Acuerdo Nacional de Formación Continua (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 23 de febrero de 2001), así como la constitución de la Comisión Paritaria de Formación para dicho sector, que fue suscrito con fecha 8 de mayo de 2001, de una parte, por la CNAE, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las centrales sindicales CC.OO, FETE-UGT y USO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83.3 en relación con el 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 28 de mayo de 2001.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL XVIII CONVENIO COLECTIVO PARA LA ADHESIÓN AL III ANFC Y CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA SECTORIAL DE AUTOESCUELAS
Asistentes:
CNAE: Luis Rodero Jiménez y Oriol Sánchez-Crespo.
FETE-UGT: Paloma Martínez.
CC.OO: Paula Muñoz.
USO: José Carlos Garcés y Adrián Martín.
Reunida en Madrid a 8 de mayo de 2001 la Comisión negociadora del Convenio de Autoescuelas, compuesta por las organizaciones empresariales y sindicales, representadas por los miembros señalados al margen, han alcanzado los siguientes acuerdos por unanimidad:
Primero.-Adherirse al III Acuerdo Nacional de Formación Continua, firmado el 19 de diciembre de 2000 y publicado por Resolución de 2 de febrero de la Dirección General de Trabajo y Migraciones en el "Boletín Oficial del Estado" número 47, de 23 de febrero de 2001.
Segundo.-Constituir, conforme a lo establecido en el III Acuerdo Nacional de Formación Continua, la Comisión Paritaria Sectorial de Autoescuelas, compuesta por un representante por cada una de las organizaciones sindicales y tres por la representación empresarial, con las funciones y facultades que dicho acuerdo les atribuye en su artículo 18 y las que se derivan del III Acuerdo Estatal de Formación Continua.
Tercero.-La elaboración y aprobación del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Paritaria se llevará a cabo en dicha Comisión Paritaria.
Cuarto.-Los presentes acuerdos entrarán en vigor el día siguiente al de su firma.
Quinto.-Remitir los acuerdos de la presente Acta a la autoridad laboral competente para su depósito, registro y publicación a los efectos legales oportunos.
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