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El deseo de mejorar la prestación de los servicios consulares españoles en los Estados de Aguascalientes y Zacatecas, en orden, fundamentalmente, a mejorar la asistencia y protección consular a los españoles que residen en dichos Estados, que actualmente se ven obligados a desplazarse al Consulado General de España en Guadalajara para realizar gestiones, aconseja la creación de una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Aguascalientes.
En su virtud, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de España en México y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares, he tenido a bien disponer:
Primero.-Se crea una Oficina Consular Honoraria en Aguascalientes, con categoría de Consulado Honorario, con jurisdicción en el Estado de Aguascalientes y en el Estado de Zacatecas dependiente del Consulado General de España en Guadalajara.
Segundo.-El Jefe de la Oficina Consular Honoraria en Aguascalientes tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.
Lo que comunico a VV. EE. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 9 de marzo de 2000.
MATUTES JUAN
Excmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Política Exterior y para la Unión Europea y Embajador de España en México.
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