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Documento BOE-A-2000-4894

Resolución de 21 de febrero de 2000, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo Nacional para las Empresas de Publicidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 14 de marzo de 2000, páginas 10524 a 10525 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2000-4894
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2000/02/21/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo Nacional para las Empresas de Publicidad (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de diciembre de 1998, código de Convenio número 9904225, que fue suscrita con fecha 21 de enero de 2000 por la Comisión de Control y Vigilancia del Convenio, integrada por las organizaciones empresariales FNEP, AGEP, Gremi de Publicitat y AEPE y las centrales sindicales UGT y CC. OO., en representación de las partes empresarial y trabajadora, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de febrero de 2000.‒La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Tabla salarial del Convenio de publicidad para 2000
Niveles

Salario mensual

1 euro = 166,386

Salario anual

1 euro = 166,386

Pesetas Euros Pesetas Euros
1 152.823 918,48 2.292.345 13.777,27
2 135.851 816,48 2.037.765 12.247,21
3 129.447 777,99 1.941.705 11.669,88
4 128.734 773,71 1.931.010 11.605,60
5 128.278 770,97 1.924.170 11.564,49
6 119.908 720,66 1.798.620 10.809,92
7 119.004 715,23 1.785.060 10.728,43
8 110.180 662,20 1.652.700 9.932,93
9 107.613 646,77 1.614.195 9.701,51
10 107.198 644,27 1.607.970 9.664,09
11 101.074 607,47 1.516.110 9.112,00
12 98.946 594,68 1.484.190 8.920,16
13 85.115 511,55 1.276.725 7.673,27

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 21/02/2000
  • Fecha de publicación: 14/03/2000
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 26 de octubre de 1998 (Ref. BOE-A-1998-27794).
Materias
  • Agencias de publicidad
  • Convenios colectivos

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