El apartado segundo de la Orden de 6 de mayo de 1999 redujo el índice de rendimiento neto aplicable en 1998, en el régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a la actividad agrícola del cultivo del tomate en determinadas zonas de la provincia de Almería, de acuerdo al procedimiento previsto en el artículo 28, cuatro.1 del Reglamento del Impuesto, aprobado por el Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre.
Con posterioridad a la aprobación de la citada Orden, se ha advertido la necesidad de ampliar los términos municipales o núcleos de población de la provincia de Almería afectados por el mismo problema y que, por tanto, deben verse afectados por la citada reducción del índice de rendimiento neto.
Por ello, y tras las comprobaciones realizadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y a solicitud de éste, se hace necesario modificar el apartado segundo de la Orden de 6 de mayo de 1999, para incluir los nuevos términos municipales o núcleos de población afectados por la reducción.
En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:
Único.-El apartado segundo de la Orden de 6 de mayo de 1999, por la que se reducen para 1998 los índices de rendimiento neto del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas previstos en la Orden de 13 de febrero de 1998, para determinadas actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales, quedará redactado como sigue:
«Segundo.-Índices de rendimiento neto de la actividad agrícola del cultivo del tomate en determinadas zonas de la provincia de Almería.
1. El índice de rendimiento neto aplicable en 1998 a los cultivos de tomate situados en los municipios de Adra, El Ejido, La Mojonera, Pulpí, Roquetas de Mar y Vicar será del 0,20.
2. El índice de rendimiento neto aplicable en 1998 a los cultivos de tomate situados en los municipios de Almería, Cuevas de Almanzora, Huércal de Almería, Níjar y Viator será del 0,00.»
Disposición final única.
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. E. y VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 8 de junio de 1999.
DE RATO Y FIGAREDO
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda e Ilmos. Sres. Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Director general de Tributos.
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