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Documento BOE-A-1998-9108

Resolución de 23 de marzo de 1998, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y publicación del texto del acta de revisión salarial para el cuarto año del VIII Convenio Colectivo interprovincial de la empresa «Unión Gas 2.000, Sociedad Anónima», para sus plantas de llenado y almacenes de distribución.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 1998, páginas 12691 a 12691 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-9108
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/03/23/(10)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acta de revisión salarial para el cuarto año del VIII Convenio Colectivo interprovincial de la empresa "Unión Gas 2.000, Sociedad Anónima", para sus plantas de llenado y almacenes de distribución (número de código: 9000812), que fue suscrito con fecha 16 de febrero de 1998, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa para su representación, y de otra, por todos los Delegados de Personal de las plantas de llenado y almacenes de distribución, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Tra bajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo acuerda:

Primero.-Ordenar la inscripción del acta de revisión salarial del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 23 de marzo de 1998.-La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE REVISIÓN SALARIAL PARA EL CUARTO AÑO DEL VIII CONVENIO COLECTIVO INTERPROVINCIAL DE LA EMPRESA "UNIÓN GAS 2.000, SOCIEDAD ANÓNIMA", PARA SUS PLANTAS DE LLENADO Y ALMACENES DE DISTRIBUCIÓN

Comisión Negociadora.

Delegados de Personal: Don Antonio Marín Benítez, don Alberto Rey Lago, don Matías Fernández Camacho, don Pedro Sánchez García, don Inocencio Salinas Echevarría y don Ricardo González García.

Representantes de la empresa: Don Alfonso Gabarrón Franco y don Jesús Muñoz Cea.

En Madrid, a 16 de febrero de 1998.

Reunidos, de una parte, los Delegados de Personal de las plantas de llenado y almacenes de distribución de la empresa "Unión Gas 2.000, Sociedad Anónima", elegidos por y entre todos los Delegados de Personal de todas las plantas de llenado y almacenes de distribución, y por tanto, plenamente legitimados para negociar el Convenio Colectivo de las plantas de llenado y alamcenes de distribución de "Unión Gas 2.000, Sociedad Anónima", y de otra parte, los representantes de la empresa con todos los requisitos necesarios para la plena validez y eficacia de la negociación a ese fin,

EXPONEN

Primero.-Que, de acuerdo a la contestación dada a la nota interior número 1/98, de fecha 2 de febrero, remitida por el Delegado señor Rey Lago a la Dirección de la empresa, se accede a mantener una reunión informativa de la situación actual de la compañía y, a su vez, dar cumplimiento al acuerdo del punto 5.o del acta anterior de fecha 15 de diciembre de 1997, con el fin de negociar la revisión del VIII Convenio Colectivo interprovincial para las plantas de llenado y almacenes de distribución en su cuarto y último año de vigencia.

Segundo.-Por parte de la Dirección de la empresa (señor Gabarrón), se hace una exposición exhaustiva de la situación actual de la compañía, así como de los últimos acontecimientos que han afectado a la misma.

Tercero.-Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, los representantes de los trabajadores aceptan una subida salarial del 2,15 por 100 con carácter retroactivo de enero de 1998.

Cuarto.-Se acuerda que la regularización de este incremento, se produzca en la nómina del presente mes de febrero de 1998.

Quinto.-Igualmente, se acuerda por ambas partes que, a partir de la nómina del presente mes de febrero, se recogerá en los distintos conceptos (sueldo, primas, complemento personal, etc.) el incremento aceptado anteriormente.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/03/1998
  • Fecha de publicación: 16/04/1998
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 9 de junio de 1995 (Ref. BOE-A-1995-16226).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Distribución de energía
  • Gas

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